Por disposición oficial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se declaró que, en un plazo no mayor a tres años, se deberá otorgar seguridad social a todas las personas trabajadoras del hogar en el país.
Dentro del marco de seguridad social para las y los trabajadores del hogar, deberá ser obligatorio contemplar seguros de riesgo de trabajo, de enfermedades, maternidad, invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
La ejecutoria de la SCJN declaró la inconstitucionalidad de las disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que regula las prestaciones del trabajo en el hogar. Por lo que, el Congreso de la Unión tendrá un plazo no mayor a tres años para garantizar el derecho a la seguridad social de las personas trabajadoras del hogar en México.
De acuerdo con una investigación de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez del Senado (IBD), la cual lanzó un documento titulado El trabajo doméstico en México. Pendientes legislativos para su regulación, explica la declaración de la SCJN del pasado 5 de diciembre, instó al IMSS de implementar para 2019 un programa piloto que se encargara de diseñar y ejecutar un régimen especial para la seguridad social de las personas trabajadoras del hogar y, de esta manera, pudieran otorgar las facilidades administrativas necesarias que permitan cumplir las obligaciones patronales.
Esta investigación, señala que desde 2011 la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha subrayado la vulnerabilidad de las personas trabajadoras del hogar, por lo que demandan protección del Estado por medio del Convenio 189 y la recomendación 201 que odavía no han entrado en vigor en el país.
Con base en esto, se ha analizado y discutido sobre la implementación de estos instrumentos desde los poderes Ejecutivo y Legislativo, para regular al trabajo doméstico. Asimismo, el IBD reitera en que la implementación de estas medidas no debe pasar los tres años, por lo que deberá proponerse en el Congreso de la Unión las adecuaciones legales necesarias para la creación de este régimen.
El nuevo régimen de seguridad social, según el IBD, deberá contar con las siguientes características:
- Por obligación, y no voluntariamente, contemplar seguros de riesgo de trabajo, enefermadades, maternidad, invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
- Distinguir las particularidades del trabajo doméstico
- Desde el punto de vista financiero, que el acceso sea fácil para los patrones y viable para el IMSS.