Las reformas a la constitución aprobadas en estos 100 días de gobierno, y planteadas desde el Plan Nacional de Seguridad son: Guardia Nacional, Extinción de Dominio y la Prisión Preventiva oficiosa para delitos graves.

El objetivo era ajustar el marco juicio a las nuevas realidades y circunstancias en el país, y garantizar la seguridad de todas y todos los ciudadanos, afirmó el día de hoy, en conferencia matutina, la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero.

Sánchez Cordero explicó que, para la creación de la Guardia Nacional, se modificaron los artículos 10,16,21,31,35,36,73,76,78 y 89 de la Constitución, con el fin de reformular el concepto constitucional de Guardia Nacional, así como la institución policial federal responsable de las tareas de seguridad pública en México.

En cuanto al proceso para la aprobación de esta reforma, hubo 127 votos a favor en el Senado de la República, cero votos en contra, cero abstenciones y una inasistencia. Mientras que en la Cámara de Diputados hubo 463 votos a favor, uno en contra, cero abstenciones y 36 inasistencias, y, finalmente, en los Congresos Locales, fueron 968 votos a favor, 5 en contra, 2 abstenciones y 121 inasistencias.

Por su parte, para la ampliación del catálogo de los delitos sujetos a la Extinción de Dominio se han modificado los artículos 22 y 73 de la Constitución.

Asimismo, se sumaron al catálogo los hechos de corrupción, el encubrimiento, la extorsión, robo de vehículos y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos y los delitos cometidos por servidores públicos.

“Estas modificaciones fueron llevadas a cabo con el objetivo de optimizar los procedimientos judiciales y administrativos en la materia”, reiteró la secretaria de Gobernación. Igualmente, señaló que estas reformas se establecieron para la creación de un instituto para la administración de los bienes obtenidos por este proceso.

También se reformuló en ello para mandar a crear una Ley Nacional de Extinción de Dominio, misma que deberá prever que el uso final de los bienes obtenidos por medio de la extinción de domino, se deberá destinar a la reparación de daños de la víctima, implementación de programas de bienestar y para financiar los programas de seguridad.

En cuanto a la reformulación para la prisión preventiva oficiosa para los delitos graves, fue modificado el artículo 19 constitucional, con el fin de ampliar el catálogo y sumar como delito grave a la corrupción, el robo de hidrocarburos, delitos electorales, abuso sexual contra menores, el feminicidio, la desaparición forzada, robo a casa habitación, robo a transporte de carga y a la portación de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del ejército.

Para la aplicación de estas reformas, se requirieron Leyes Secundarias para su operación, en materia de Guardia Nacional se creó la Ley de Guardia Nacional, Ley Nacional de Uso de la Fuerza, Ley Nacional de Registro de Detenciones y se sumaron reformas a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Por otra parte, en materia de Extinción de Dominio, se agregaron la Ley Nacional de Extinción de Dominio y las reformas a la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, mientras que para la prisión preventiva para delitos graves se reformó el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Para la realización de estas modificaciones, “se escucharon a especialistas, gobernadores, académicos y funcionarios”, señaló Zoé Robledo Aburto, y finalizó diciendo que estas reformas se crearon “para construir la paz y garantizar la seguridad de todos”.

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