México rechaza Ley Helms-Burton, es una medida para “fortalecer el bloqueo económico a Cuba”, afirma la SRE

Luego de que el gobierno de Donald Trump anunciara que a partir del 2 de mayo del presente año, el Título III de la Ley Helms-Burton estaría vigente, el gobierno mexicano externó su rechazo a dicha medida; a través de un comunicado conjunto, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y la Secretaría de Economía (SE), afirmaron que México “refrenda su compromiso de proteger jurídicamente a las empresas mexicanas que pudieran verse afectadas. Al igual que otros países, México analiza las instancias legales correspondientes para interponer las acciones por las violaciones al derecho internacional que la Ley Helms-Burton representa, así como para proteger los intereses mexicanos en el exterior”.

Esta controversial Ley fue aprobada en 1996, durante la administración de Bill Clinton como presidente de los EU, y estipula que cubanoamericanos y ciudadanos estadounidenses que aseguran haber perdido sus bienes en la isla después de la Revolución de Fidel Castro, podrán llevar ante las cortes federales a empresas extranjeras que operan en esas propiedades confiscadas en la isla.

A propósito de ello, la cancillería mexicana puntualizó que: “La Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubana, comúnmente conocida como Ley Helms-Burton, es una norma estadounidense en vigor desde marzo de 1996. La legislación contempla distintas acciones para fortalecer el bloqueo económico, comercial y financiero que el gobierno de Estados Unidos ha mantenido sobre la República de Cuba”.

 Es la primera vez, desde que se aprobó la Ley, que la Casa Blanca autoriza la implementación de esta medida que ya ha generado inestabilidad en las relaciones entre Estados Unidos y la Unión Europea, uno de los principales socios comerciales de Cuba.

En los últimos años, Cuba ha tenido un exponencial desarrollo de la inversión extranjera, tal es el caso de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, creada en septiembre de 2013 al oeste de la ciudad de La Habana; algunos de sus incentivos son el cobro de cero por ciento sobre utilidades los primeros diez años de operación de una empresa, también mismo porcentaje sobre ventas y servicios el primer año, para posteriormente subir al uno por ciento, así como la exención de arancel por la importación de medios, equipos y bienes con destino al proceso inversionista.

Pese a los esfuerzos de la isla para mejorar su economía con apoyo de capital extranjero, el canciller cubano, Bruno Rodríguez Padilla, en conferencia de prensa afirmó el 25 de abril pasado que medidas como la citada Ley impulsada por los Estados Unidos: “asfixia la economía y castiga con la finalidad de obtener concesiones políticas”. Además, desde su cuenta de Twitter, el 17 de abril habría sentenciado: “Rechazo enérgicamente anuncio del Sec. de Estado Pompeo  de activación del Título III de la Ley Helms-Burton. Es un ataque al Derecho Internacional y a la soberanía de #Cuba y de terceros Estados. Agresiva escalada de #EEUU contra #Cuba fracasará. Como en Girón, venceremos”.

Según el embajador de Cuba en México, Pedro Núñez Mosquera, en entrevista para El Economista, señaló que existen cerca de 40 empresas mexicanas en la isla, y relaciones comerciales con más de cien. “México es nuestro segundo socio comercial de América Latina y  sexto del mundo como principal emisor de turistas hacia Cuba”.

Ante esto, la SRE afirma que para contrarrestar los efectos extraterritoriales de la Ley Helms-Burton, México cuenta con la Ley que Protege el Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan el Derecho Internacional, misma que se encuentra en vigor desde octubre de 1996. Entre otros puntos, dicha ley estipula: La obligación de los tribunales nacionales de denegar el reconocimiento y ejecución de sentencias o requerimientos judiciales o laudos arbitrales emitidos con base en la Ley Helms-Burton; la prohibición a todas las personas (físicas, morales, públicas o privadas) de proporcionar cualquier información requerida por tribunales o autoridades extranjeras con base en la Ley Helms-Burton, y la existencia de una reclamación “espejo” a través de la cual las personas afectadas por la aplicación de la Ley Helms-Burton podrán demandar ante tribunales nacionales a aquella persona que los demandó ante cortes estadounidenses y solicitar como daños y perjuicios la misma cuantía a la que fueron condenados en Estados Unidos.

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