SCJN rectifica fallo sobre la intervención de la FGR en cuentas bancarias

La Suprema Corte de Justicia de la Nación rectificó el fallo que emitió la semana pasada sobre el artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito, en donde determinó declarar como inconstitucional que la Fiscalía General de la República (FGR) y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) accedan a la información bancaria de sospechosos sin antes obtener una autorización judicial.

Con siete votos a favor y cuatro en contra, los ministros determinaron que el fallo anterior habría tenido “efectos retroactivos” en los procesos de personas que actualmente son investigadas por lavado de dinero, fraude y otros delitos vinculados a la corrupción.

Por lo tanto, la SCJN dio marcha atrás al fallo que emitió la semana pasada en donde declaró como inconstitucional facultar a la FGR para solicitar directamente información bancaria a la Comisión Nacional Bancaria de Valores en el caso de personas que están siendo investigadas y “existan indicios o elementos de sospecha en el movimiento de recursos financieros”.

“Ahora, en el caso concreto, es cierto que se discutió la inconstitucionalidad del artículo 142, pero la tesis es muy clara en el sentido de que procede mientras no se haya dictado sentencia ejecutoria, esa es la condición que establece jurisprudencialmente para que en un juicio de amparo no podamos tener por desistido a cualquier recurrente”, explicó la ministra Norma Lucía Piña.

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