El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que hubo una “campaña negra” contra Andrés Manuel López Obrador durante las elecciones de 2018, luego de la difusión de una serie titulada “Populismo en América Latina”.
El Tribunal resolvió lo anterior por mayoría de votos y expuso que el documental se presentó “bajo la fachada del ejercicio de libertad de expresión”, pero que sin embargo violó el modelo de comunicación política , el cual “prohíbe la contratación de espacios en radio y televisión con fines electorales”.
Esto, luego de que la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) reveló que usaron recursos privados de personas físicas o morales para su producción. Además, se documentó la existencia de “publicidad en camiones, teléfonos celulares, spots en TV, entrevistas y cintillos en medio audiovisuales para generar una campaña negativa” contra el actual Presidente.
El documental, narrado por la guatemalteca Gloria Álvarez, pretendía dar una visión negativa del entonces candidato, haciendo énfasis en su periodo como político del PRI y comparándolo con Fidel Castro, Hugo Chávez y Lula Da Silva.
Tras una discusión de dos horas, el TEPJF concluyó que el documental afectó la imagen del AMLO y que su fin era “influir negativamente en las preferencias electorales”. Por lo tanto, ampliaron las sanciones contra los productores de la serie, a partir de las denuncias presentadas por los partidos Morena y PAN. El último de estos señaló que el documental beneficiaba al PRI.
“Ya no es tan controvertido (decir) que había una campaña negra contra uno de los candidatos”, dijo el magistrado Felipe de la Mata.
El magistrado presidente, Felipe Fuentes, agregó que la libertad de expresión “no puede ser usada como una fachada para vulnerar las normas y los principios que le dan contenido a nuestra democracia”.
“Para mí se llega a la conclusión de que sí existió una estrategia de comunicación que, simulando un auténtico ejercicio de la libertad de expresión, pretendió influir en la pasada contienda electoral para elegir al presidente de la República, y para mí esto sí es violatorio del modelo constitucional de comunicación política”, expuso.
Solamente los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez votaron en contra, al considerar que no se comprobó la contratación ilegal (de publicidad) y que el material se enmarcó dentro del ejercicio de libertad periodística.
Sin embargo, por mayoría, el Tribunal estableció que las investigaciones presentadas demostraron un “complejo esquema integrado por personas físicas y morales destinado a violar el modelo de Comunicación Política para, con recursos presuntamente privados, intentar influir negativamente en la percepción pública de un candidato presidencial en el proceso electoral federal del pasado 2018 mediante una campaña negra”.
Las personas y empresas sancionadas son Piña Digital S.A. de C.V., el productor Javier García Mata, Grupo T.V. Promo, Virna Gómez Piña, Alejandro Quintero Íñiguez y Mónica Bolaños Cacho Albarrán