Declaran constitucional condecoración del Águila Azteca a Jared Kushner; CECODI interpondrá recurso de revisión

Por sentencia de fecha 30 de septiembre de 2019, dentro del juicio de amparo número 1591/2018 del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, la licenciada Karina Cruz Campos, secretaria del Juzgado en funciones de Juez de Distrito, resolvió negar el amparo a Centro Contra la Discriminación (CECODI), al estimar que la Condecoración otorgada al señor Jared Kushner fue constitucional.

Si bien estimó que CECODI tiene interés legitimo para interponer el juicio de amparo y solicitar el análisis constitucional del proceso administrativo que derivó en el otorgamiento de la condecoración, estimó que el acto fue legal.

La Juez de Distrito consideró que, como lo sostuvo la Presidencia de la República y la Cancillería, los servicios prominentes a la Nación Mexicana, consistieron en la labor que el señor Jared Kushner tuvo como representante del Presidente Trump, para lograr la firma del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

La resolutora, informó el propio CECODI, consideró que el hecho que desde la presidencia de los Estados Unidos de América se discrimine en forma sistemática a los migrantes mexicanos no es suficiente para declarar la nulidad de la Condecoración, porque no se advierte que al otorgar la presea se hayan afectado los intereses particulares de algún miembro de la colectividad. Además, la presea fue otorgada al señor Jared Kushner y no al señor Trump, quien en todo caso, fue quien discrimina a los mexicanos.

De esta forma, la Juez de Distrito consideró que el otorgamiento de la Condecoración no viola el artículo 1 Constitucional, debido a que no se advierte que se genere alguna discriminación racial consistente en toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o dé resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública.

El CECODI, se dijo inconforme con el fallo, en razón de que durante el proceso se acreditó que las propias autoridades mexicanas, como CONAPRED y Cancillería, habían condenado el actuar del entonces candidato a la Presidencia

De los Estados Unidos de América, Sr. Donald Trump, para después condecorar a su principal asesor con la máxima distinción que otorga el Estado Mexicano. Al margen sobre si el señor Jared Kushner realmente coadyuvó a lograr la firma de un tratado comercial entre México y Estados Unidos (lo cual no fue acreditado por la Presidencia de la República dentro del juicio), el Estado Mexicano no puede obviar el hecho público y notorio de que nuestros connacionales son reiteradamente discriminados desde la oficina del Presidente Trump y las políticas migratorias de ese país son contrarias a los intereses de los mexicanos.

El CECODI dijo que interpondrá recurso de revisión en contar de la sentencia referida y solicitará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ejerza su facultad de atracción y resuelva el caso en definitiva.

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