SCJN aprueba eliminar compensación universal de la evasión de impuestos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó eliminar la compensación universal de impuestos de la miscelánea fiscal del año 2019.

De este modo, la Segunda Sala de la Corte falló en contra de varias empresas que presentaron amparos contra la modificación aprobada por el Congreso en la Ley de Ingresos 2019 contra la compensación universal, la cual consistía en que las empresas pudieran subsanar un adeudo por concepto de otro impuesto federal.

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación en su artículo 23, los contribuyentes podían “optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, siempre que ambas deriven de impuestos federales distintos de los que se causen con motivo de la importación, los administre la misma autoridad y no tengan destino específico”.

Sin embargo, el Congreso limitó la Ley, de tal modo que “los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración únicamente podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligadas a pagar por adeudo propio, siempre que ambas deriven de un mismo impuesto“.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa, a quien fue turnado el caso y confirmó las sentencias recurridas, expuso que la “medida impacta en el patrimonio de los contribuyentes; sin embargo, éstos tienen a su alcance los métodos para llevar a cabo la recuperación de los saldos a favor mediante su solicitud ante la autoridad hacendaria, o bien, compensarlos contra los mismos impuestos, con la finalidad de que estén en disponibilidad de disponer de ellos”.

Por lo tanto, el máximo órgano judicial negó los amparos interpuestos por tres empresas contra las modificaciones al artículo 25, fracción VI, de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019, que anteriormente permitía la evasión fiscal.

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