El Primer Tribunal Colegiado de Quintana Roo consideró que existieron vicios en el proceso penal del pederasta, Jean Succar Kuri, por lo que dejó sin efecto la sentencia de 112 años de prisión; sin embargo seguirá en la cárcel.
Los magistrados resolvieron que se debe dictar una nueva resolución donde se tenga por demostrado el delito de pornografía infantil y abuso sexual en contra de siete menores.
Y es que de acuerdo a la magistrada Laura Granados Guerreros el Tribuna en su momento omitió precisar las circunstancias de tiempo, lugar y ejecución de la agresión cometida por Succar Kuri contra los agraviados en forma individual, en el periodo comprendido del 5 de enero de 2000 al mes de noviembre de 2003.
El 21 de julio de 2016, el Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito, hoy Primer Tribunal Unitario, modificó la condena de 70 años emitida por el juez Segundo de Distrito en el Estado de Quintana Roo, a 112 años de cárcel; el fallo fue impugnado por el pederasta a través de un amparo directo.
Ahora, el Primer Tribunal Colegiado ordenó al Tribunal Unitario que analice el concurso real de los hechos, a la luz del artículo 18 del Código Penal Federal vigente al momento de los sucesos.