Siguiendo el camino del gobierno de Jalisco, que ha sido duramente criticado por Asociaciones Civiles y sociedad en general incluso ante la violación de Derechos Humanos, el pleno del Ayuntamiento, aprobó Bando Municipal que obliga al uso de cubre bocas en espacios públicos, transporte público y de actividad esencial; clausura temporal o definitiva de establecimientos y arresto hasta por 36 horas por desacato a estas medidas para prevenir y mitigar el contagio y propagación del Covid-19.
El Bando Municipal aprobado por el edil de San Miguel de Allende, el panista Luis Alberto Villarreal, entra en vigor hoy primero de mayo 2020, implica medidas como: el uso de cubre bocas en cualquier espacio de concurrencia esencial como transporte, vía pública, mercados públicos, supermercados, tiendas de autoservicio, de conveniencia, instituciones bancarias, financieras, etc.
Según el documento, las medidas se extenderán hasta el 30 de mayo del 2020 (incluye la suspensión de actividades no esenciales). Si la Secretaría de Salud del Gobierno Federal decreta que San Miguel de Allende califica como de baja o nula transmisión, dejarán de implementarse las medidas el 18 de mayo de 2020.
Bando Municipal que obliga el uso de cubrebocas en espacios públicos, transporte público y de actividad esencial. Por favor #QuédateEnCasa
Consulta el bando en https://t.co/zdbZ0y52pv pic.twitter.com/KMzEMpUPGi
— S_M_A (@GobSMA) May 1, 2020
Las autoridades municipales verificarán el cumplimiento de estas medidas sanitarias. Fiestas y reuniones privadas podrán sancionarse, porque se presume generan peligros de contagio y riesgo a la salud pública.
Habrá sanciones administrativas por las autoridades sanitarias, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delito.
Las sanciones irán de amonestación con apercibimiento, multa, clausura temporal o definitiva y arresto hasta por 36 horas. La sanción será con base a los daños que puedan producirse en la salud, a la gravedad, a las condiciones socio-económicas y a la calidad de reincidencia.
La multa es equivalente de hasta 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) – equivale a 8 mil 688 pesos. En caso de reincidencia, dentro del periodo de vigencia, el monto de la multa será duplicado.
Procederá la clausura temporal o definitiva, parcial o total según la gravedad de la infracción. También sanciones con arresto hasta por 36 horas a la persona que en rebeldía se niegue a cumplir los requerimientos y disposiciones.