En Puebla aplicarían de 3 a 6 años de prisión a quién agreda a personal de Salud

La Comisión Permanente de la LX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla recibió una Iniciativa de Decreto del Poder Ejecutivo para reformar los artículos 357 y 438 del Código Penal de Puebla, con la intención de aplicar una pena de prisión de tres a seis años a quien cometa actos de discriminación contra médicos, cirujanos, personal de enfermería y demás profesionales similares y auxiliares, del sector privado o público durante el periodo que comprenda la declaración de una emergencia sanitaria.

Durante la sesión virtual se dio lectura al oficio SEGOB/426/2020 del secretario de Gobernación del estado, quien, por acuerdo del Titular del Poder Ejecutivo, remite la Iniciativa de Decreto por el que adiciona el cuarto párrafo al artículo 357 y el artículo 438 bis del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla.

La propuesta para adicionar el cuarto párrafo del artículo 357 del Código Penal para quedar de la siguiente manera: “Cuando la conducta sea cometida en contra de médicos, cirujanos, personal de enfermería y demás profesionales similares y auxiliares, del sector privado o público durante el periodo que comprenda la declaración de una emergencia sanitaria, la pena de prisión incrementará de tres a seis años.

De la misma forma, propone adicionar el artículo 438 Bis quedando de la siguiente manera: “Tratándose de delitos cometidos en contra de médicos, cirujanos, personal de enfermería y demás profesionales similares y auxiliares del sector público que presten servicios de salud en términos de la ley de la materia, que en ejercicio de sus funciones o derivado de las mismas, durante del periodo que comprenda la declaración de una emergencia sanitaria, la pena aumentará en un tanto, además de la que corresponda por el o los delitos cometidos”.

El dictamen de Iniciativa de Decreto fue turnado a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y resolución procedente.

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