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Ley Bonilla, un fraude a la Constitución, sentencia el presidente de la SCJN

El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, compartió su voto concurrente en que dio el pasado 11 de mayo, cuando el Pleno del Máximo Tribunal del país aprobó -durante una sesión virtual-, el proyecto de sentencia 112/2019, elaborado por José Fernando Franco González Salas, que declaró inconstitucional la llamada “Ley Bonilla”, con la cual se amplió de dos a cinco años el periodo de mandato del gobernador de Baja California, Jaime Bonilla Valdez.

A través de su cuenta de la red social Twitter, el ministro escribió “Comparto mi voto particular en el llamado caso “Ley Bonilla”. Importante precedente en el que la SCJN impidió un claro fraude a la Constitución. Con su trabajo la Corte y el Poder Judicial de la Federación (PJF) acreditan su independencia y su compromiso con la Constitución y los DDHH”.

Comunicó por qué estuvo a favor de declarar la invalidez del derecho impugnado. Según señaló, este viola todos los principios constitucionales señalados en la sentencia, y todo el conjunto de ‘violaciones’ constituyen un desacato al ‘principio democrático’ y un ‘gran fraude’ a la Constitución.

“Considero que la reforma impugnada en el presente caso constituyó un verdadero ‘fraude a la Constitución’, pues bajo la apariencia de que estaba actuando en uso de su facultad legislativa y en ejercicio de su competencia para legislar sobre su organización política y electoral, el constituyente de Baja California pretendió eludir los principios democráticos de certeza y legalidad electoral (…) Todo ello, al alterar los resultados de un proceso electoral concluido y decretar que un Gobernador electo por dos años, ejercería el cargo por cinco”, dijo.

Mencionó que a pesar de que se contaron los votos, se modificó el efecto que éstos debían tener conforme a las reglas del juego previamente acordadas, lo cual vulneró la esencia misma del proceso democrático, como forma de limitación del poder.

Refirió que la ampliación del mandato de Jaime Bonilla de dos a cinco años, si bien pretendió justificarse en la competencia del constituyente local para decidir sobre su régimen político interior, configuró una elusión al mandato de certeza y legalidad en materia electoral y, con ello, un fraude a la Constitución General.

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