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Entra en vigor la reforma a la ley que regula el teletrabajo

Este 12 de enero entró el vigor la reforma a la Ley de Teletrabajo, a partir de ahora los patrones en el país deberán considerar aspectos como: establecer contratos por escrito, otorgar el mismo salario y prestaciones, respetar el derecho a la desconexión al término de la jornada laboral y asumir los costos derivados del trabajo -el pago de servicios de telecomunicación y parte de la electricidad- ya que así lo establece la nueva ley de teletrabajo que promulgó el Ejecutivo Federal.

Cabe señalar que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tendrá 18 meses contados, a partir de su entrada en vigor, para publicar una Norma Oficial Mexicana (NOM) que rija las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo para el teletrabajo.

Esta reforma también incluye recibir los equipos necesarios para las actividades de trabajo, tener una relación de trabajo equilibrada, a fin de gozar de labores dignas y decentes, así como tratamiento correcto de la información y datos utilizados.

Luisa María Alcalde, titular de la STPS, detalló que las condiciones del teletrabajo deben establecerse en un convenio por escrito, pactado por las partes y tiene un principio de reversibilidad, es decir, la posibilidad de establecer que no es conveniente y que pueda solicitarse el regresar a una modalidad presencial.

Resaltó que la reforma a la LFT contempla que este esquema forme parte del contrato colectivo, en el caso de que este exista en la empresa, por lo que el teletrabajo y el acuerdo para implementarlo y los detalles de la modalidad deben quedar establecidos por escrito, personal o colectivamente.

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