Luego de que en diciembre pasado, la Comisión la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que se debía retirar de los medios de comunicación el spots de Morena denominado TUMOR, por supuestos actos anticipados de campaña, han sido varias las denuncias ante dicha instancia sobre los promocionales políticos y muy diversas las determinaciones de los consejeros electorales.
Según la información que ha presentado el INE, en lo que va de la precampaña se le ha ordenado a Morena retirar al menos tres promocionales y sancionar tiempo en medios otorgado a Alfonso Durazo, quien busca la gubernatura de Sonora; al PRD uno sobre la alianza con el PRI y el PAN, mientras que al resto de partidos no se les han ejecutado medidas en contra, pese a las quejas que ha presentado el partido que preside Mario Delgado.
Apenas esta semana, dicha Comisión declaró improcedente la petición de medidas cautelares solicitada por Morena en contra del spot para radio y televisión titulado “CAMBIOS” que fue pautado por Movimiento Ciudadano para el periodo de precampaña y que, a dicho del partido quejoso, constituye uso indebido de la pauta, propaganda calumniosa, denigración a las instituciones y actos anticipados de campaña.
Asimismo, el pasado 21 de enero, el órgano determinó retirar material engañoso de Morena para informar sobre pandemia, debido a una solicitud del PRD; en tanto, se decidió mantener al aire los spots “Barredora” y “Boliche”, del PRI y del PAN respectivamente, pese a las quejas interpuestas por Morena.
Por otro lado, el 15 de enero, de enero el INE conoció dos solicitudes de medidas cautelares formuladas por el Partido Acción Nacional (PAN), por la difusión de promocionales pautados por Morena que, a su juicio, constituyen uso indebido de la pauta, propaganda calumniosa y actos anticipados de campaña, las cuales fueron desestimadas.
El 13 de enero la Comisión declaró improcedente la solicitud de medidas cautelares formulada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del promocional pautado por Morena, denominado “PASADO DE BC”, en sus versiones de radio y televisión RA00063-21 y RV00033-21, ya que, a decir del quejoso, constituye uso indebido de la pauta, actos anticipados de campaña y calumnia al PAN.
En tanto, el 11 de enero los consejeros también declararon improcedente la solicitud de medidas cautelares formulada por Morena en contra del promocional pautado por el Partido Acción Nacional (PAN), denominado “CAMBIAMOS HACIA EL FUTURO ÁGUILA”, en sus versiones de radio y televisión RA00987-20 y RV00805-20 ya que, a decir del quejoso, constituye uso indebido de la pauta, actos anticipados de campaña y desalienta la simpatía del electorado hacia Morena y al gobierno federal.
La Comisión refirió que las expresiones encaminadas a señalar problemas políticos federales, tales como desempleo e inseguridad, así como aquellas tendentes a resaltar logros o trabajos concretos de los gobiernos de Baja California Sur, Guanajuato, Tamaulipas y Yucatán se consideran válidas en el marco del debate político.
Por su parte, el PRI denunció el 6 de enero a Morena por utilizar tiempo en radio y televisión para promocionar a Francisco Alfonso Durazo Montaño como su precandidato único a la Gubernatura de Sonora, pues el contenido de los promocionales en televisión trasciende a la ciudadanía en general y no sólo a la militancia de Morena, afectando con ello el principio de equidad en la contienda electoral.
La Comisión consideró declarar procedentes las medidas solicitadas porque Durazo Montaño es precandidato único y, por tanto, será el candidato de Morena a la gubernatura del estado, por lo cual su exposición durante la precampaña a través de la difusión del material denunciado podría menoscabar la equidad en la contienda respecto a los demás contendientes. Por lo tanto, se le ordenó a Morena el retiro y sustitución de los promocionales en un plazo no mayor de tres horas.
También el mismo 6 de enero, Morena presentó queja en contra del PRI por el pautado para el periodo de precampaña de los promocionales denominados «DESGRACIA» en sus versiones para radio RA00903-20 y televisión RV00752-20; y “DESGRACIA-V2” versión televisión RV00770-20, los cuales, a su dicho, contienen manifestaciones calumniosas y son actos anticipados de campaña lo que afecta la equidad en la contienda.
La Comisión determinó declarar improcedente la medida cautelar por cuanto al spot “DESGRACIA” versión televisión RV00752-, toda vez que únicamente se tuvo registro de su difusión el pasado 23 de diciembre de 2020, por lo que se tratan de hechos consumados.
Además, Morena denunció al PRD por supuestos actos anticipados de campaña con motivo de la difusión del promocional “ALIANZA” en sus versiones para radio RA01005-20 y televisión, al considerarlos de carácter proselitista, toda vez que se advierten referencias a la futura integración de la Cámara de Diputados, así como la formación de una alianza de tres fuerzas políticas opositoras, mismas que pueden tener una incidencia en la equidad del actual proceso electoral; la Comisión de Quejas señaló que ese promocional ya había sido analizado previamente cuando se pautó en radio y televisión y se habían dictado medidas cautelares porque se incluyen alusiones a coaliciones electorales lo cual sólo es válido en la etapa de campañas y no de precampañas, por lo que se declaró procedente.