El Pleno de San Lázaro declaró reformados los artículos 108 y 111 de la Constitución Política, con lo cual se elimina el fuero presidencial y se amplía el catálogo de delitos por los que puede ser procesado penalmente el Presidente de la República en funciones.
En la sesión semipresencial celebrada esta tarde, la Mesa Directiva del recinto Legislativo dio cuenta de la recepción de 18 votos aprobatorios de las legislaturas de: Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila de Zaragoza, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Yucatán, Zacatecas, y de la Ciudad de México.
En este sentido, la reforma al artículo 108 avalada precisa que “durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana”.
Mientras que la reforma al artículo 111 constitucional, señala que “para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable”.
“El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislatura de los estados y de la Ciudad de México, declara reformados los artículos 108 y 111 de la Constitución Política. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales”, expuso durante la sesión Dolores Padierna, secretaría de la Mesa Directiva.
Los legisladores de San Lázaro hicieron dicha declaratoria ya que desde diciembre del año pasado, la mayoría de los congresos de las entidades federativas avalaron las reformas a la Carta Magna aprobadas por el Poder Legislativo Federal, mismas que se han interpretado como la “eliminación del fuero presidencial”. El decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Al fijar postura, la diputada de Morena, Aleida Alavez Ruiz señaló que el Ejecutivo Federal es un servidor público sujeto al escrutinio de la sociedad y en consecuencia puede ser investigado y en su caso procesado como cualquier ciudadano. “Para hacer esto realidad, se ampliaron a todos los delitos los supuestos por los que el Presidente puede ser acusado durante su mandato. Ya no hay una protección insuperable”, indicó.
En la contraparte, de la Fracción Panista, Marcos Aguilar Vega aseguró que la reforma no implica la desaparición del fuero. “La declaratoria de procedencia, en caso de que el Ministerio Público impute delitos al presidente, realmente permanece intocado. Nuestro grupo parlamentario votó a favor de dicha reforma pero hicimos patente que no se estaba eliminando el fuero como lo prometió en su momento el candidato López Obrador”. Expuso.
Mientras que de la bancada del PRD la diputada Mónica Bautista Rodríguez expresó su convicción de que el fuero no debe ser un impedimento para poder juzgar penalmente a los servidores públicos que cometan algún delito. Señaló que esta “es una reforma demagógica y sin mayor trascendencia en el ejercicio del Poder Ejecutivo”, aseveró.