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Envía Cámara de Diputados al Senado dictamen que considera prioritaria la atención de la salud mental

Con el propósito de que sea considerada como prioritaria la atención en materia de de salud mental y prevención a las adicciones, el Pleno de San Lázaro aprobó en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones a la Ley General de Salud.

Avalado con 457 votos a favor, 2 en contra y 3 abstenciones, el documento considera prioritaria la atención de la salud mental y acerca a la población en sus propias comunidades. El dictamen fue enviado ante el Senado de la República para sus efectos constitucionales.

En términos del dictamen quedaron los artículos 72 Bis, 74, 74 Ter, 75, 75 Ter, 76, 77, 184 Bis, la denominación del Capítulo Séptimo, así como los artículos Tercero y Cuarto transitorios, reservados por diversos diputadas y diputados del PAN, PRI, MC y PRD. Además, en lo particular se aceptaron reservas tanto de los legisladores de Morena, y de MC.

Para su fundamentación, de la bancada morenista, el diputado Víctor Adolfo Mojica Wences precisó que las modificaciones a los artículos 3, 72, 73 Bis y 74 Bis fueron consensuadas y compartidas por los grupos parlamentarios de Morena, Acción Nacional, Movimiento Ciudadano y Encuentro Social.

En este sentido, explicó que en el artículo 3 queda únicamente la atención de la salud mental; en el artículo 72 se establece que la salud mental y la prevención de las adicciones tendrán carácter prioritario dentro de las políticas de salud y deberá brindarse conforme a los principios establecidos en la Constitución.

Asimismo, en el artículo 72 se anuló el último párrafo, que decía: “por adicción el consumo repetido de varias sustancias psicoactivas hasta el punto en el que el consumidor se intoxica de forma continua, muestra deseo compulsivo de consumir y dificultad para interrumpir o modificar el consumo de la sustancia y se muestra decidido a obtener sustancias psicoactivas por cualquier medio”.

Mientras que el artículo 73 Bis, quedó: “Las Instituciones Públicas del Sistema Nacional de Salud deberán brindar acceso a los servicios de atención de salud mental y trastornos por el consumo de sustancias en cumplimiento con los principios siguientes”.  El diputado añadió que en ese mismo artículo, en lugar de “adicciones” sea nombrado como “trastornos por el consumo de sustancias”.

Para el artículo 74 Bis, relativo a las intervenciones prioritarias de salud mental y adicciones, se agrega la palabra “prevención” en cada una de las entidades nosológicas en las que se despliega. En la fracción sexta, se elimina “la atención ambulatoria de epilepsia y crisis convulsivas”, por considerar que esto tiene que ver más con cuestiones neurológicas.

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