El Pleno de San Lázaro aprobó el dictamen que reforma y adiciona disposiciones del Código Penal Federal para aumentar penas a quien destruya vegetación, tale árboles o cambie el uso del suelo forestal de cualquier área natural protegida.
Durante la sesión semipresencial, el Legislativo avaló por consenso de 453 votos, el dictamen que establece una pena de dos a 15 años de prisión y de 500 a 10 mil días de multa a quien desmonte o destruya vegetación, corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles, o cambie el uso de suelo forestal en comunidades indígenas, zonas agrarias, comunales y/o ejidales. Dicha pena se agravará hasta con tres años más, si las conductas se realizan con uso de violencia física y/o de armas de fuego.
A su vez, establece que se cometerá delito de fraude cuando la regularización de la propiedad en predios o polígonos, lotes o terrenos, urbanos o rurales, tenga una posesión de origen ilegal o carezca de permisos emitidos por la autoridad ambiental correspondiente, ubicados dentro de las áreas naturales protegidas o de aquellos catalogados en el marco de convenciones internacionales.
Adicionalmente, establece una pena de dos a diez años de prisión y por el equivalente de 300 a 3 mil días multa, a quien ilícitamente dañe, deseque o destruya la infraestructura de abasto de agua en presas que formen parte de áreas naturales protegidas o catalogadas en el marco de convenciones internacionales suscritas por México.
De Morena, el secretario de la Comisión de Justicia, Rubén Cayetano García, expresó que el propósito es sancionar la tala ilegal en sus múltiples dimensiones, combatir este fenómeno criminal y proteger a las comunidades indígenas y rurales marginadas, por lo que el documento ya fue remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
El diputado expuso que México tiene una biodiversidad que ronda el 12 por ciento de las especies de flora y fauna conocidas, ubicándose en el quinto lugar a nivel mundial entre los 11 países megadiversos; su riqueza biológica coincide con lugares donde hay comunidades de alto nivel de marginación o población indígena. Sin embargo, uno de los fenómenos que atentan contra la preservación de la biodiversidad, es la tala ilegal, que pone en riesgo, en particular, la preservación de bosques y selvas.
De acuerdo con investigaciones de la UNAM, el 70 por ciento de la madera que se consume en el país, aproximadamente 14 millones de metros cúbicos, tiene origen ilegal. En ese sentido, el legislador expuso que este problema presenta una segunda dimensión porque del 60 por ciento del territorio nacional que se considera área forestal, aproximadamente el 69 por ciento, es propiedad social de ejidatarios o de comuneros, lo que hace que estas poblaciones sean víctimas frecuentes de otros delitos relacionados, como fraude, amenazas o extorsión.
Por ello, en el dictamen se establece una calificativa para el delito de tala ilegal, en los casos en que la conducta se cometa en comunidades indígenas, zonas agrarias, comunidades y/o ejidales; en la que se precisa una agravante: si en la ejecución de la conducta se utiliza violencia física o armas de fuego.
Por su parte, una de las promoventes de la iniciativa, Adriana Gabriela Medina, del partido MC, dijo que “las reformas, plantean el endurecimiento de las medidas punitivas y la protección de los recursos naturales, al integrar en las conductas delictivas aquellas acciones de sabotaje o daños a los mecanismos de carga de diversos cuerpos de agua, cuando forman parte de áreas protegidas o catalogadas en los convenios internacionales. También se incluyen consecuencias penales específicas contra la enajenación del patrimonio cultural”.