El documento reforma el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Hidrocarburos; entra en vigor mañana jueves
Palacio Legislativo, 19-05-2021 (Notilegis).- El Diario Oficial de la Federación publicó este miércoles el decreto que quita a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) la facultad de regulación asimétrica sobre las ventas de primera mano de Petróleos Mexicanos (Pemex) y sus organismos subsidiarios.
El documento, que reforma el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Hidrocarburos, publicada el 11 de agosto de 2014, entrará en vigor este jueves 20 de mayo.
Establece que “al haberse logrado una mayor participación de agentes económicos que propicien el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados se deja sin efectos la facultad otorgada a la CRE para sujetar a principios de regulación asimétrica las ventas de primera mano de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, así como la comercialización que realicen personas controladas por Pemex o sus organismos subsidiarios”.
Precisa que “la enajenación que realicen Pemex, sus empresas productivas subsidiarias, o una persona moral, por cuenta y orden del Estado, será considerada como comercialización en términos de lo establecido por la Ley de Hidrocarburos y sus Reglamentos, por lo que se deberán observar los principios de generalidad y no indebida discriminación previstos en la misma”.
En su régimen transitorio, se estipula un plazo de 30 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto, para que la CRE deje sin efectos los acuerdos, disposiciones administrativas de carácter general, resoluciones y lineamientos relacionados con la imposición de principios de regulación asimétrica a Pemex y sus organismos subsidiarios, bajo la atribución concedida por la disposición transitoria que se reforma en el presente decreto”.