Para facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario de los contribuyentes, como resultado de procesos de análisis realizados al interior del SAT, en términos del artículo 33, primer párrafo, fracción I, inciso i) del Código Fiscal de la Federación vigente, se han dado a conocer en su portal (https://www.sat.gob.mx/) los parámetros de referencia con respecto a tasas efectivas de impuesto para la medición de riesgos impositivos correspondientes a ciento veinticuatro actividades económicas (cuarenta el 13 de junio y ochenta y cuatro el 1° de agosto pasados) para los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018 y 2019 sobre el padrón de grandes contribuyentes. Lo anterior con base en la información dispuesta en las bases de datos institucionales que contienen las declaraciones anuales, dictámenes fiscales, información sobre la situación fiscal de los contribuyentes, declaraciones informativas, los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI’s), pedimentos, etc.
Con la finalidad de dar seguimiento a esta medida de simplificación que facilita el cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes, vía buzón tributario, se ha contactado a aquellos contribuyentes cuya tasa efectiva se encuentra por debajo de las dadas a conocer por el SAT, para que estos realicen su análisis, y voluntariamente, corrijan su situación fiscal mediante la presentación de declaraciones anuales complementarias.
Asimismo, el día 5 de septiembre de 2021 se dio la tercera publicación de los parámetros de referencia con respecto a tasas efectivas de impuesto para la medición de riesgos impositivos correspondientes a setenta y nueve actividades económicas para los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018 y 2019 sobre el padrón de grandes contribuyentes.
Esta tercera publicación relativa a setenta y nueve actividades económicas contempla doce sectores económicos: comercio al por mayor, comercio al por menor, dirección de corporativos y empresas, industrias manufactureras, información en medios masivos, otros servicios excepto actividades del gobierno, servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación, servicios de salud y de asistencia social, servicios financieros y de seguros, servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles e intangibles, servicios profesionales, científicos y técnicos y transportes, correos y almacenamiento; dentro de los cuales se encuentran las industrias de telecomunicaciones, alimentos y servicios inmobiliarios.
Con el objetivo de seguir facilitando e incentivando el cumplimiento voluntario, el SAT reitera la invitación para que los contribuyentes consulten la tasa efectiva de impuesto correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen y compararla con su propia tasa efectiva de impuesto respecto de cada ejercicio fiscal para medir sus riesgos impositivos y, en su caso, corregir su situación fiscal mediante la presentación de la(s) declaración(es) anual(es) complementaria(s) correspondiente(s), para minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.