El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutió y resolvió una controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) en contra de la omisión del Poder Ejecutivo Federal de seleccionar y enviar al Senado de la República los candidatos a comisionados que propone para ratificación, en términos de los artículos 28 y 89, fracción III de la Constitución General, derivados de las Convocatorias 2020 y 2021.
Al respecto, determinó que existe una competencia de ejercicio obligatorio, pues el artículo 28 de la Constitución general establece que una vez recibida la lista del Comité de Evaluación con las personas que obtuvieron las calificaciones más altas en un examen de conocimientos, el Poder Ejecutivo debe seleccionar a una por cada vacante y proponer su ratificación al Senado de la República. Por otra parte, que no existe constancia alguna en el expediente de la que se desprenda su cumplimiento. Lo que afecta la esfera de competencias de la parte actora, pues impide que ejerza las facultades que requieren una votación calificada de 5 de sus integrantes.
Por ello, se declaró la inconstitucionalidad de la omisión advertida y como parte de los efectos se conminó a la autoridad demandada para que la subsane dentro del plazo de 30 días naturales.