La Secretaría de la Función Pública (SFP) informó sobre la destitución de quien era director general de la filial de Petróleos Mexicanos (Pemex) Exploración y Producción, Miguel Ángel Lozada Aguilar, por su probable vinculación con la red de desvío de recursos de la Estafa Maestra.
Irma Eréndira Sandoval, titular de la SFP, detalló que las acciones derivaron de la instrucción del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), de investigar a los funcionarios de la actual administración que podrían estar vinculados con la Estafa Maestra.
Por tanto, tras la apertura del proceso en su contra, Lozada fue Inmediatamente separado de su cargo. “La Función Pública impuso la sanción de destitución e inhabilitación por 10 años para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público federal al actual Director General de la filial de Petróleos Mexicanos (Pemex) Exploración y Producción, Miguel Ángel Lozada Aguilar”, indica un comunicado de la dependencia.
Asimismo, recordaron que el presidente Andrés Manuel López Obrador, en su conferencia matutina del 23 de enero de 2019, afirmó: “si están involucrados (altos funcionarios de Pemex designados por la nueva administración) en eso de la Estafa Maestra, no tienen por qué trabajar en este gobierno, si los contrataron, hicieron mal… les adelanto que, si están involucrados en un acto de corrupción, no tienen trabajo en el gobierno”.
Por otra parte, señalan que a principios de año la secretaria Sandoval anunció diversas auditorías y acciones específicas en contra de Miguel Ángel Lozada Aguilar y de colaboradores cercanos. Además, en abril pasado, la Secretaría de la Función Pública presentó ante la Fiscalía General de la República las denuncias correspondientes por hechos constitutivos de probables delitos que resultaron de las auditorías, investigaciones y procedimientos que previamente inició.
“Estos procedimientos arrojaron omisiones detectadas en sus declaraciones patrimoniales de cuatro años consecutivos, de 2014 a 2017, las cuales violan la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, vigente en la época de los hechos.En todo momento se respetó el derecho de audiencia de la persona inhabilitada, sin que haya podido justificar por qué no reportó dos cuentas bancarias y los beneficios económicos producto de un bien inmueble”, reporta la SFP.