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Tres Centros Penitenciarios Mixtos en Baja California Norte, incumplen las condiciones de habitabilidad e infraestructura adecuadas para mujeres: CNDH

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), dirigió una recomendación (4/2020) al Gobernador del estado de Baja California Norte, Jaime Bonilla Vélez, porque en tres de los Centros Penitenciarios Mixtos ubicados en Mexicali, Ensenada y Tijuana, no reúnen las condiciones de habitabilidad e infraestructura adecuadas para mujeres que se encuentran presas, lo que conlleva a una vulneración de sus derechos humanos.

Luego de realizar la inspección en los centros penitenciarios, el organismo identificó que la infraestructura, organización y el funcionamiento de los establecimientos de reclusión gira alrededor de las necesidades y características de los hombres, lo que afecta a las mujeres recluidas en esos centros.

En este sentido, estas condiciones en las que viven, radica en una violación a sus derechos humanos, a la reinserción social, a la protección de la salud, al trabajo y capacitación, a la educación, al deporte así como también a la vinculación con el exterior e interés superior de las niñas y niños que viven ahí con ellas.

Por esta razón, la CNDH considera imperativo que se instrumenten políticas públicas con perspectiva de género, a efecto de que en las entidades federativas que aún carecen de centros femeninos exclusivos se tomen las medidas que permitan garantizar a las mujeres internas condiciones de estancia digna.

Asimismo, para la elaboración de la recomendación, el organismo realizó diversas visitas a los centros penitenciarios de Ensenada, Mexicali y Tijuana, en donde de acuerdo con las entrevistas realizadas a las presas así como al personal penitenciario se identificó que en dichos reclusorios se albergan tanto a hombres como a mujeres.

Esto contraviene a los artículos 18, párrafo segundo constitucional, 5 fracción I y 10 de la Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEP), en la cual menciona que las presas deberán compurgar su pena en lugares separados a los destinados a los hombres, ya que no reúnen las condiciones de habitabilidad e infraestructura adecuadas para ellas.

Es por eso, que se formuló algunas recomendaciones para el Gobernador, para que realice las acciones pertinentes, y se cree un establecimiento específico para ellas, o en su caso en un máximo de 6 meses, se asignen los recursos presupuestales materiales y humanos necesarios que permitan la organización y el funcionamiento independiente.

De igual manera, se deberá emprender acciones encaminadas a que se garantice el derecho a la reinserción social de las mujeres, particularmente en el tema del trabajo productivo, privilegiando, el trabajo remunerado y su capacitación en actividades que puedan ser de utilidad para cuando obtengan su libertad, esto en un lapso de 6 meses.

Además de que en un término máximo de 3 meses se inicie un programa de capacitación continua con perspectiva de género al personal que destine la atención a las mujeres.

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