El Senado aprobó con modificaciones en los artículos 12 y 16, la Ley del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas que deroga la existencia de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y crea un nuevo organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía operativa.
Con el apoyo de todas las bancadas, la nueva ley se aprobó, en lo general, por 110 votos, y se reconoció la importancia de este organismo que será el responsable de definir las políticas, programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para garantizar los derechos de los pueblos indígenas y reconoce a los pueblos originarios y afromexicanos como sujetos de derecho público.
De acuerdo con la nueva ley, cada vez que el Ejecutivo federal promueva reformas jurídicas y actos administrativos, se garantizará el derecho a la consulta, al consentimiento libre, previo e informado, entre los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
Se crean los Centros Coordinadores de Pueblos Indígenas en las comunidades, para promover y ejecutar las medidas pertinentes y necesarias para la defensa e implementación de los derechos, así como de su desarrollo integral y sustentable.
El nuevo Instituto participará en los lineamientos emitidos por la Secretaría de Hacienda, en la formulación de proyectos de presupuesto consolidado para los pueblos indígenas, y crea un Consejo Nacional de los 66 pueblos originarios como un órgano de participación, consulta y vinculación.
La minuta fue retornada a la Cámara de Diputadas tras aprobarse, en lo particular, los cambios a los artículos 12 y 16. El PAN propuso excluir como integrantes de la Junta de Gobierno del Instituto a los presidentes de las comisiones de pueblos indígenas en el Congreso. El PRD propuso en el artículo 16 que los integrantes de las comunidades afromexicanas puedan ser director o directora del instituto. Estas modificaciones se aprobaron por 102 votos a favor.