A diferencia del indulto, que se otorga en casos individuales y circunstancias de excepción, la amnistía tiene como propósito beneficiar a un colectivo de personas que se encuentran en un mismo supuesto legal. Ese sería el primer concepto que debemos entender: una ley de amnistía cumple con su objetivo etimológico y legal si beneficia a un conjunto de presos que tienen algo en común; en tanto el indulto se da para liberar a supuestos criminales en concreto.
Otro tema es que el indulto es facultad del Poder Ejecutivo, sea gobernadores o presidentes (o jefes de estado), en tanto que la amnistía se entiende siempre como una labor legislativa. De ahí que el mandatario mexicano Andrés Manuel López Obrador se decida por mandar una iniciativa de ley y no por otorgar indultos caso por caso; para beneficiar al mayor número de detenidos que guarden situaciones similares entre ellos.
El punto por discutir y que ha caldeado los ánimos incluso antes de que llegara esta iniciativa de ley a la Cámara de Diputados federales es precisamente los criterios para aplicar la amnistía. Los opositores al presidente López Obrador han dicho incluso durante la campaña electoral de 2018 que esta idea de la amnistía dejaría en libertad a delincuentes peligrosos y que lejos de beneficiar a la sociedad mexicana les causaría un gran agravio a las víctimas. Lo cual no es cierto si leemos con atención el texto de la iniciativa enviada a la Cámara Baja de nuestro Congreso.
Los delitos por los cuales procedería esta amnistía, la remisión de la pena o liberación anticipada, no son graves; con esto desmitificamos aquella preocupación que de manera razonable o maliciosa muchos expusieron durante la campaña y las mesas de consulta que se llevaron a cabo a finales del año pasado en diversas zonas del país golpeadas por la delincuencia. No se trata de agregar ofensa a la herida sufrida por las víctimas, sino de enderezar un entuerto que se viene repitiendo desde hace siglos en nuestro país: el derecho penal es el derecho de los pobres, los desposeídos y de aquellos cuya incuria ancestral los hace propensos a ser chivos expiatorios de nuestro sistema de (in)justicia.
Al decir que el derecho penal mexicano es de los pobres me refiero a que las clases menesterosas de nuestro país caen en las cárceles por no poder pagar una buena defensa o por no poder “aceitar” con dinero la maquinaria corrupta y corruptora de la procuración e impartición de justicia; la cual para ellos más bien es una maquina -como ya dije- pero que produce injusticia.
Hay en las prisiones mexicanas inocentes cuyo único delito es pertenecer a un grupo vulnerable, no tener recursos financieros, ser indígenas o madres solteras. Sus infracciones nacen de la ignorancia, de ser sometidos a la violencia territorial del narcotráfico, de ser verdaderos luchadores sociales, de tener el infortunio de no entender los vericuetos legaloides que los van atrapando en los engranajes de este Moloch jurídico, un dios malvado que los arroja a los calabozos a ratos sin juicio previo ni sentencia, sin conocer a sus jueces ni saber cabalmente de qué se les acusa. Un escenario que sólo cabe calificar de kafkiano, en alusión al ese escritor checo que tan bien supo retratar el sinsentido del sistema legal de todos los tiempos, Franz Kafka.
Para ellos va dedicada esta ley de amnistía que presenta el gobierno federal y que será discutida entre los diputados y luego los senadores. Va dirigida a los primodelincuentes, a quienes no son reincidentes, a los que no cometieron delitos como el homicidio o el secuestro, ni tampoco alguno de los considerados graves conforme al texto del artículo 19 constitucional.
Tampoco alcanzarán el beneficio de la amnistía quienes hayan cometido lesiones en contra de las víctimas que impliquen una afectación permanente en su integridad personal. Es decir, se considera en el proyecto de ley de amnistía la violencia grave con la cual se cometió el ilícito, aliviando la lógica preocupación de quienes fueron o son víctimas de delitos comunes de alto impacto, como el secuestro donde se lesiona de manera irreparable a la víctima de este sin que por ello se le cause la muerte.
En breve, la amnistía planteada en esta iniciativa propone la liberación de aquellos que no tuvieron, ante la coacción del crimen organizado, otra opción más que delinquir; a quienes no alcanzaron realmente una representación legal en su defensa, a quienes se les aplica el derecho penal como herramienta de represión política o a las mujeres embarazadas que en su desesperación buscaron abortar de manera clandestina, como las 73 mujeres que desde 2009 han sido sujetas a proceso penal en aquellos estados, como en Puebla, donde el aborto sigue siendo delito; aunque acaso algunas de ellas logren el beneficio del indulto que el gobernador Barbosa, en Puebla, pretende otorgar, habrá otras que deban esperar su libertad vía la ley de amnistía federal. A los más necesitados de justicia y piedad, en pocas palabras.
Creo que es un afán humano y bienvenido el que está detrás de esta ley de amnistía. Por otra parte, no hay ni habrá posibilidad de perdón, amnistía o indulto para quienes fueron funcionarios públicos y permitieron, con su negligencia o colusión inconfesable, que se haya liberado a los policías municipales guerrerenses señalados como responsables de la desaparición de los 43 muchachos normalistas de Ayotzinapa.
Es importante que la sentencia del Juez Primero de Distrito de Procesos Penales de Tamaulipas, Samuel Ventura Ramos, sea analizada hasta en la última coma para determinar si estuvo apegada a derecho -y qué mejor que sea el Consejo de la Judicatura Federal quien lo haga-; pero suponiendo sin conceder que la sentencia sea impoluta y que el juez federal no haya tenido más opción que liberar a 24 detenidos ligados a la desaparición forzada de los estudiantes, quedaría impune la deficiente y hasta criminal actuación de Jesús Murillo Karam, Tomás de Zerón de Lucio y José Aarón Pérez, todos ellos funcionarios públicos durante el infame sexenio de Peña Nieto y encargados de las carpetas de investigación y de la persecución de los delincuentes que se llevaron a los 43 de Ayotzinapa.
Si la sentencia del juez federal -dictada en un asueto o puente, al viejo estilo del “sabadazo” judicial y firmada en ausencia del titular del juzgado por la secretaria, otra situación si bien legal insólita dada la importancia del caso- es correcta, entonces la actuación de la vieja Procuraduría General de la República, junto con las omisiones de las instancias estatales, resulta oprobiosa y provoca justa rabia en la población que no puede pasarse por alto.
Por eso digo: sí a la amnistía de aquellos atrapados en la maquinaria de la injustica mexicana; no al olvido ni al perdón en Ayotzinapa. Ambos supuestos demuestran lo podrido que está el sistema penal y penitenciario mexicano, ambos agravian a la población. Y en ambos casos tenemos una deuda como sociedad con los más desprotegidos: con los pobres, pero también con esos estudiantes que nunca regresaron a sus casas. Urge que la cuarta transformación honre sus promesas: primero los pobres y nunca más dejar que la impunidad se eleve como princesa perversa de la podredumbre jurídica que amenaza con sofocarnos. Amnistía, sí; pero no en Ayotzinapa.