Bancos deberán retribuir cantidades de retiros no reconocidos por cuentahabientes: SCJN

La primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó que cuando el titular de una cuenta bancaria denuncie retiros no autorizados mediante el uso de su tarjeta de débito, la institución bancaria deberá retribuir las cantidades retiradas y, en caso de no hacerlo, deberá pagar intereses ordinarios y moratorios por el retraso en que incurra a razón del 6%.

En el resolutivo de Tesis 1ª./J.61/2020, la Primera Sala de la SCJN argumentó que en el contrato de apertura de cuenta, el depositario tiene un deber de cuidado sobre el dinero que le entrega el depositante.

?Ya que, señaló, en el contrato de depósito de dinero el depositario tiene un deber de cuidado sobre el dinero que le entregue al depositante. Así es como se procede a modificar el artículo 362 del Código de Comercio.

“Si alguien distinto al titular de la cuenta realiza un cargo que éste no reconoce y genera un menoscabo en su patrimonio, es posible presumir un descuido y, por ende, la obligación del depositario de responder al depositante, lo que lo coloca en una posición de deudor frente al tarjetahabiente acreedor”, se desprende de la tesis.

La tesis se publicó este viernes en el Semanario Judicial de la Federación, por lo que su aplicación se vuelve obligatoria a partir de este lunes 14 de diciembre.

Al respecto, la Primera Sala resolvió que cuando el titular de una cuenta de depósito de dinero denuncie retiros no autorizados mediante el uso de tarjeta de débito, la institución bancaria debe retribuir las cantidades retiradas y, en caso de no hacerlo, pagar intereses ordinarios y moratorios por el retraso en que incurra a razón del 6 por ciento.

“El reembolso de cargos no reconocidos por el titular de una tarjeta de débito, vinculada a una cuenta de depósito de dinero abierta en una institución bancaria, sí constituye una obligación a cargo de ésta como depositaria; pues aunque detenta la propiedad del dinero incurre en negligencia en la conservación de los fondos entregados para ser retirados a la vista por el depositante” se determinó.

“La obligación de reembolso en el caso de cargos no reconocidos se contrae cuando el titular de la tarjeta de débito denuncia el hecho a la institución y solicita su restitución”, refirió.

 

 

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