En votación cerrada el Senado de la República aprueba crear Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

La Cámara de Senadores aprobó, en lo general, el dictamen a la minuta que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para crear el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.

El proyecto, que se aprobó con 54 votos a favor, 49 en contra y 10 abstenciones, busca frenar los delitos como la extorsión y secuestros que, en muchos casos, se cometen con la utilización de teléfonos celulares.

Toda la oposición votó en contra, por considerar que viola derechos constitucionales de los usuarios, al exponer datos sensibles, al establecer un padrón similar al que fracasó en el régimen de Felipe Calderón. Del lado de Morena, votó en contra la senadora Jesusa Rodríguez y diez legisladores Morenistas y del PT, entre ellos Napoleón Gómez Urrutia, se abstuvieron

Se creará una base de datos con información de las personas físicas o morales, titulares de cada línea telefónica móvil, que cuenten con número del Plan Técnico Fundamental de Numeración, cuyo único fin es el de colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia en asuntos relacionados con la comisión de ilícitos.

De acuerdo con la reforma, se integrará con los siguientes datos: número de línea telefónica móvil, fecha y hora de la activación, nombre completo del usuario, nacionalidad, número de identificación oficial con fotografía y Clave Única de Población del titular de la línea, así como datos biométricos del usuario.

La información contenida en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil será confidencial y reservada, en los términos de las leyes en materia de transparencia y protección de datos personales.

El dictamen dispone que los concesionarios de telecomunicaciones o, en su caso, los autorizados, incurrirán en infracciones cuando efectúen extemporáneamente el registro de un número de línea telefónica móvil; no registren el número; o hagan uso indebido de las constancias, documentos y demás medios de identificación.

También se consideran infracciones alterar, omitir, simular o permitir registros o avisos en forma ilícita, registrar datos falsos, proporcionar información falsa o facilitar información a usuarios o terceros que no tengan derecho, acceder sin autorización a la información del padrón o no denunciar alguna irregularidad teniendo la obligación de hacerlo.

Para estas y otras conductas se prevén multas que van de 20 a 15 mil unidades de medida y actualización, según corresponda.

Los concesionarios de telecomunicaciones deberán recabar y validar la información sobre la identidad, datos biométricos y domicilio del usuario, así como proporcionar la información con la cual se integrará el registro. Además, realizarán las altas, bajas y demás movimientos asociados a las líneas telefónicas.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones será el organismo encargado de instalar, operar, regular y mantener el padrón; así como de procurar su buen funcionamiento e intercambio de información con las autoridades competentes.

La presidenta de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, Lucía Meza Guzmán, informó que, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en 2019, el 88.9 por ciento de las extorsiones se realizaron vía telefónica. Estos delitos, advirtió, generan al crimen organizado más de 12 mil millones de pesos al año.

Ante este escenario, aseveró la senadora, la propuesta busca darles mayor control y herramientas a las autoridades para evitar el uso indebido de las líneas telefónicas.

El presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Manuel Añorve Baños, asentó que “con la creación de esta figura, no tengo duda, las autoridades competentes tendrán más elementos normativos para identificar la comisión de un delito”.

Los senadores de la opisción coincidieron en señalar que la obligación de entregar datos biométricos atenta contra derechos fundamentales de los usuarios y su privacidad, pese a que en el dictamen se establece que la información contenida en ese padrón será confidencial y reservada en los términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

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