México reconoce derechos humanos sin importar orientación sexual, identidad o expresión de género

La conmemoración del 17 de mayo como Día Internacional Contra la Homofobia, Transfobia y Bifobia (Idahot, por sus siglas en inglés), se estableció en 1990 como homenaje al retiro del concepto de homosexualidad de la lista de trastornos mentales del DSM-IV por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS). En nuestro país, fue en 2019 que la Secretaría de Gobernación decretó el Día Nacional de la Lucha contra la Homofobia, Lesbofobia, Transfobia y Bifobia.

Sin embargo, la discriminación a la población de lesbianas, gay, bisexuales, transgénero, intersexuales, queer, pansexuales y asexuales y más —LGBTIQPA+— es un problema social que requiere ser abordado por el Estado mexicano como un fenómeno de violencia estructural y sistemático, cuya solución exige estrategias multidisciplinares encaminadas hacía el respeto y garantía de los derechos humanos.

En el marco de estas garantías, resulta necesario la aplicación de enfoques integrales y transversales, con perspectiva de género, inclusión e interseccionalidad, que conduzcan al respeto, la promoción, protección de la titularidad de la población LGBTIQ+ para el ejercicio pleno de derechos en salud, a través del diseño e instrumentación de acciones y programas gubernamentales que reconozcan las necesidades y diferencias en la salud de la población de la diversidad sexual.

Por ello, desde la Secretaría de Salud, se impulsan políticas públicas en materia de prevención y atención a la salud con acciones libres de discriminación, exclusión o restricción por orientación sexual y/o identidades de género no normativas y binarias.

Impulsa y fortalece actividades instrumentales en materia de género y diversidad sexual en salud, para el desarrollo de habilidades técnicas de las y los profesionales de la salud, promoviendo espacios para el reconocimiento de la discriminación, marginación y violencia de género contra la población LGBTIQPA+ en la prestación de servicios, propiciando la construcción de propuestas alternativas que promuevan la igualdad, la inclusión, la no discriminación y los derechos humanos en materia de salud pública, tanto en la oferta de los servicios como al interior de las dependencias de la Secretaría de Salud, tanto a nivel federal como estatal.

El 17 de mayo es una fecha simbólica que conmemora la expresión de respeto a la diversidad sexual y de género, al tiempo que recuerda que todas las personas nacemos libres e iguales en derechos y dignidad, independientemente de nuestra orientación sexual, identidad y expresión de género.

Resulta fundamental que las acciones a favor de los derechos a la salud de la población de la diversidad sexual sean consecuencia de los compromisos asumidos por la Secretaría de Salud en los diferentes Programas Nacionales alineados al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, como son: el Programa Nacional de Igualdad entre Mujeres y Hombres, Programa Nacional contra la Discriminación y el Programa Nacional de los Derechos Humanos.

La Secretaría de Salud cuenta con el Protocolo para el acceso sin discriminación a la prestación de servicios de atención médica de las personas LGBTTTIQ+, https://bit.ly/2Z8MArD, el cual establece pautas de acción que permiten garantizar el respeto a la dignidad y autonomía de este grupo y capacitar al personal de salud en el respeto de los derechos humanos y el trato respetuoso, libre de estigma y discriminación.

Para garantizar la implementación del protocolo, se impartieron dos cursos virtuales “Acceso sin discriminación a los servicios de salud de las personas de la diversidad sexual” y “Lenguaje incluyente libre de estigma y discriminación”, dirigidos a personas prestadoras de servicios de salud, con el objetivo de sensibilizar y concientizar sobre la importancia de la atención a la población sin estigma y libre de discriminación.

Ambos cursos están disponibles en la plataforma: https://bit.ly/38ABbYH

Con todo lo anterior, la Secretaría de Salud se suma a los compromisos internacionales y nacionales en la materia, garantizando lo estipulado en el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual dispone que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales. Asimismo, señala que queda prohibida toda discriminación motivada por las preferencias sexuales y que tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

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