El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea , mencionó su respaldo a la propuesta para eliminar la prisión preventiva oficiosa, pues considera es una gran injusticia que padece el país en esta medida cautelar.
“Condenamos a la gente a los infiernos que son las cárceles mexicanas y les hacemos perder la esperanza sin que un juez haya valorado si hay elementos que justifiquen que deben estar en prisión, mientras se lleva a cabo su proceso”, indicó al fijar su postura en un debate.
Zaldívar aseguró que cuando visitó el penal de Santa Martha Acatitla entendió el dolor, sufrimiento y desesperación de las personas presas de la libertad: “No puedo aceptar que este sea el precio a pagar ni que sea la única manera de salvaguardar la seguridad de nuestro país, tenemos que ser más profesionales y buscar un sistema penal digno, decente para las miles de personas que están indefensas ante el abuso, arbitrariedad que se sufre todos los días lamentablemente en todos los institutos de persecución de los delitos en todo el país”, comentó.
El titular del máximo tribunal señaló que el artículo 19 de la Constitución es incompatible con el régimen de derechos de la Constitución, establecido en el artículo primero.
La prisión preventiva automática u oficiosa, porque ha tenido distintos nombres nos acompaña por lo menos desde 1917, primero se imponía cuando la pena era mayor a cinco años, después cuando el término medio aritmético era mayor a cinco años, después cuando había un catálogo de delitos graves y en 2008 se pasa a esta idea de que estén en la Constitución”, recapituló Lelo de Larrea .
Arturo Fernando comentó que el sistema penal acusatorio exige, para vincular a proceso penal a una persona, solo datos de prueba; lo que significa un régimen de muy baja exigencia para procesar a alguien.
“Este sistema es compatible con que la mayoría de las personas estén procesadas en libertad, no es compatible con una prisión preventiva oficiosa porque entonces nulifica por completo la libertad personal sin presunción de inocencia. Para vincular a proceso se requiere casi nada, datos de prueba, algo muy elástico, elementos muy leves y si a partir de eso viene la prisión preventiva oficiosa, me parece que es un sistema muy injusto”, remarcó el presidente de la SCJN.
Por último, añadió que la prisión preventiva viola el principio de presunción de inocencia, situación que la Corte ha reconocido y que está respaldada en la Constitución desde el 2011.