Dos integrantes de la organización México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) obtuvieron amparos para poseer, transportar y usar cocaína, siempre que no sea con fines comerciales.
El el Juzgado Décimo Cuarto en Materia Administrativa de la Ciudad de México,Víctor Octavio Luna Escobedo, otorgó dicha protección aún no definitiva, la cual obligaría a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris)a aprobar por primera vez el uso “lúdico” de cocaína.
A través de un comunicado, MUCD señaló que las decisiones son relevantes por ser las primeras en su tipo y que tienen como fin “detonar nuevamente un debate sobre la necesidad de eliminar la criminalización de personas usuarias de distintas sustancias y reforzar la intención del gobierno actual de reformular el combate a las drogas”.
Asimismo, precisan que los amparos no “legalizan la sustancia” y no serán válidos hasta que se ratifiquen por un Tribunal Colegiado.
“De ahí que MUCD no plantee su masificación o la búsqueda de la jurisprudencia. Sin embargo, son un paso histórico en el entendimiento del fenómeno drogas por parte del Poder Judicial y una oportunidad única para abogar nuevamente por el fin de la guerra y la reorientación de los recursos públicos hacia la prevención y sanción de los delitos de alto impacto como el homicidio, el secuestro, la violación y la extorsión”, agregan.
El medio Animal Político, que tuvo acceso a uno de los fallos, reportó que uno de los amparos se presentó luego de que una persona tramitó ante la Cofepris una petición para “uso personal adulto” de cocaína, y quien, tras no ser atendido, recurrió a los tribunales.
Sin embargo, MUCD subraya que el fallo deberá ser ratificado, pues de lo contrario no tendrá validez. O, en su caso, se buscará que sea discutido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a través de un recurso de revisión.
De acuerdo con el fallo, la persona no podrá “conducir vehículos o emplear instrumentos peligrosos bajo los efectos de la sustancia”, tampoco consumir “en lugares públicos, ni en presencia de menores de edad, ni para inducir a terceros a que también consuman”.
Además, “la quejosa no deberá introducir, consumir o acudir a su trabajo, ocupación, profesión, empleo, oficio o arte bajo el efecto de la cocaína”, de acuerdo con el juez, que limitó la autorización a 500 miligramos diarios.
“Llevamos años trabajando por un México más seguro, justo y en paz, y con este caso insistimos en la necesidad de dejar de criminalizar a usuarios de otras drogas que no son la mariguana y diseñar mejores políticas públicas que exploren todas las opciones disponibles, incluida la regulación”, declaró Lisa Sánchez, directora de la organización.