Cualquier muerte violenta de una mujer debe investigarse con perspectiva de género: SCJN

A partir de ahora cualquier asesinato violento de una mujer deberá considerar razones de género en las investigaciones de oficio de acuerdo con lo establecido por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En el comunicado establecieron que los resultados de dichas investigaciones dependen en su mayoría de las pruebas técnicas que realizan los peritos, por lo que las evidencias para determinar si hubo violencia sexual deben preservarse y se debe indagar si la víctima vivía en un contexto de violencia.

La SCJN llegó a éstos dictámenes luego del caso de una mujer que fue asesinada por su esposo pero que inicialmente se investigó como suicidio por asfixia. El esposo y responsable era policía y participó en todo el proceso, desde la obtención de pruebas, las cadenas de custodia y la protección de las evidencias.

“La investigación de los hechos no tomó en el patrón de violencia contra la mujer, no se protegió la escena del crimen ni la cadena de custodia, no se recogió evidencia de la escena del crimen y ésta fue contaminada, los peritajes fueron imprecisos e incluso omisos, no fueron realizados con perspectiva de género y no se le imputaron cargos al esposo de la víctima”, explicaron en el documento.

Gracias a los amparos interpuestos por la madre de la víctima el Alto Tribunal estableció que las investigaciones deben considerar la perspectiva de género, después el caso fue reabierto y el esposo fue detenido y juzgado.

Los factores que deben considerarse además de la violencia sexual es si hay pruebas de que la víctima se haya defendido o luchado, marcas en las manos o en las uñas y marcas de mordidas en el cuerpo y contusiones.

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