Ante TEPJF impugna Senado criterios del INE sobre paridad de género

Ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el Senado de la República impugnó los criterios en materia de paridad de género aprobados el pasado viernes por el Instituto Nacional Electoral (INE).

En este sentido el INE avaló dichos criterios que serán aplicados para la postulación de candidatos en las 15 gubernaturas que estarán en disputa en las próximas elecciones previstas para el 6 de junio de 2021.

Así la apelación firmada por el presidente del Senado, Eduardo Ramírez presentada el martes, se argumenta que el INE cometió una docena de irregularidades al emitir los citados lineamientos.

De acuerdo con los lineamientos que se abordan, tanto los partidos nacionales como los locales y las coaliciones que se conformen, deberán atender la disposición de postular a mujeres para por lo menos la mitad de las candidaturas, lo cual el Senado consideró que pone en riesgo el federalismo electoral.

Cabe destacar que, de acuerdo con la apelación entre estos criterios, existe una vulneración a la soberanía de los estados; se invadieron competencias del legislativo, así como también se establecieron lineamientos en respuesta a una sentencia del TEPJF que no fue ordenada.

De igual forma el presidente del Senado explicó en el documento que la aprobación de estas reglas vulnera la soberanía de los estados, pues el órgano electoral emitió normas que deberán seguir los partidos, disposiciones que debieron ser planteadas por las legislaturas locales. “No es lo mismo aplicar paridad de género en presidencias municipales y candidaturas a congresos locales, que a la gubernatura de una entidad”, menciona.

Asimismo, el documento expone que el INE, se extralimitó al ejercer una competencia reservada al Poder Legislativo, además de que los criterios se tomaron fuera del plazo legal para ser emitidas antes del inicio del año electoral.

“Excediéndose no sólo en su facultad reglamentaria, sino también imponiendo medidas y lineamientos que afectan el principio de certeza, por no emitirse dentro del plazo que permite su aplicación por parte de los partidos políticos”, indica la apelación.

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