La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó los lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE) para la reelección de diputados para el proceso electoral de 2020-2021.
En sesión virtual realizada la noche de ayer, el Tribunal determinó que los legisladores deberán presentar su intención para reelegirse hasta el próximo 1° de enero del 2021, cuando inicialmente era hasta el día de mañana.
La anterior fecha estaba establecida el acuerdo INE/CG635/2020 del 7 de diciembre por el que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) emitió los lineamientos entorno a la relección de diputados por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional para el siguiente proceso electoral.
Sin embargo, la Sala Superior del Tribunal argumentó que debido a la premura para emitir dicho aviso, se determinó la modificación de la fecha, ya que de lo contrario se obligaba a presentar el aviso con muy poco tiempo de anticipación a la publicación de los lineamientos en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Señalaron que en cuanto a la carta de intención a reelección, en cuyo caso las y los legisladores debían presentar una relación de los módulos de atención ciudadana u otras oficinas de gestión con que cuenten con domicilios, teléfonos, cuentas de correos electrónicos, así como los servicios que en las mismas proporcionan de manera permanente.
En este sentido, la disposición permitía al INE solicitar al grupo parlamentario copia de la normatividad sobre cómo se hacen las asignaciones y las subvenciones, así como la relación de asignaciones realizadas a los legisladores; así como también permite solicitar al órgano competente del Congreso, la relación de módulos y oficinas de gestión, y los recursos y subvenciones asignados para su operación para su verificación y cotejo de información desde la manifestación de intención.
Al lo cual el Tribunal consideró una interferencia directa a el funcionamiento de la Cámara de Diputados, que es la tiene la facultad soberana para regular los actos concernientes a su organización interna y actuación de sus integrantes, y que el Consejo General exigió su facultad reglamentaria como una medida intrusiva que no encuentra fundamento ni razonabilidad.
“El Consejo General del INE se extralimitó en el ejercicio de sus funciones y que ejerció facultadas destinadas al Congreso de la Unión, así como la obligación de reelegirse por el mismo distrito y partido que inicialmente los postuló, además de que los lineamientos se emitieron transgrediendo el plazo de 90 días antes de iniciado el proceso electoral”, señalaron los magistrados.