TEPJF avala medidas cautelares del INE contra Morena por hacer uso del programa nacional de vacunación para fines electorales

De nueva cuenta el Instituto Nacional Electoral (INE), emitió medidas cautelares contra el Partido Morena, por presuntamente hacer uso indebido del programa de vacunación contra el Covid-19 para fines políticos electorales.

En sesión, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las medidas cautelares que determinó el órgano electoral, al concluir que el partido de la Cuarta Transformación utilizó de forma indebida el promocional para su propio beneficio de cara a los próximos comicios electorales previstos para el 6 de junio.

De acuerdo con los magistrados del máximo tribunal del país en materia electoral, “con sus acciones Morena podría incurrir en una indebida apropiación de acciones de gobierno y posicionarse ante el electorado en el proceso comicial federal en curso, lo que contraviene las disposiciones legales”.

En este sentido, el pasado 12 de febrero, la dirigencia nacional del Partido Acción Nacional (PAN) denunció a Morena por la supuesta realización de padrones o registros de beneficiarios para acceder a programas de gobierno, y el presunto uso y aprovechamiento de ese tipo de programas durante el actual proceso electoral, de manera particular del programa de vacunación contra el Covid-19.

Por ello, solicitó al INE dictar medidas cautelares para ordenarle suspender de inmediato la elaboración o actualización de los padrones de beneficiarios para el acceso a los programas sociales, y exhortar a Morena abstenerse de seguir realizando actos político-electorales a partir del uso de programas sociales.

En sesión privada, la Sala Superior del TEPJF resolvió que los hechos denunciados por el PAN son contrarios a las disposiciones constitucionales y legales, porque supuestamente “se está en presencia de una indebida apropiación de programas sociales por parte de Morena para posicionarse como partido político nacional rumbo a los comicios del próximo 6 de junio”.

Sin embargo, la resolución de los magistrados electorales solamente se refiere a la solicitud de medidas cautelares, no al fondo del asunto que abordarán en otra sesión.

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