El TEPJF resolvió sobre el derecho a ser votado en el caso de los candidatos a gobernadores de Guerrero y Michoacán del partido MORENA

Según se sabe el Instituto Nacional Electoral tiene hasta el próximo martes a las seis de la tarde para resolver la procedencia o no de las candidaturas a los gobiernos del estado de Guerrero y Michoacán del partido Morena.

De acuerdo a una comunicación en su cuenta de Twitter, José Luis Vargas Valdés Magistrado Presidente de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, escribe sobre la discusión relacionada por las candidaturas a gobernadores de MORENA por Guerrero y Michoacán.

En ambos casos, el INE negó los registros a los candidatos propuestos por el partido, debido al incumplimiento en el tiempo de entrega de los informes de gastos, lo que implicó la afectación al derecho fundamental de votar y ser votado.

Más adelante Vargas Valdés dice, que sin antes de imponerse una sanción de esa magnitud la autoridad debe garantizar los derechos de debida defensa a las y los posibles afectados, lo que a su consideración en esta ocasión no ocurrió en el dictamen y resolución final del INE.

En este sentido la autoridad Fiscalizadora incurrió en violaciones al debido proceso, porque no llamó a los precandidatos para que pudieran defenderse y manifestaran lo que a derecho conviniera por falta de entrega de informes que se les atribuía, violando con ello su garantía de audiencia.

Esto a pesar de que el partido hizo llegar a la autoridad los informes de gastos de precampaña de las precandidaturas de ambos estados de manera extemporánea, ello ocurrió antes de que emitiera las resoluciones, y aun así la sanciones con la pérdida de derecho al registro.

Agrega José Luis Vargas que a su entender, y como en la sala superior lo ha determinado en diversos precedentes, se debe considerar que no se actualiza el supuesto de omisión de entrega, sino uno diverso que es el de entrega extemporánea.

En opinión del Magistrado Presidente se debió revocar la resolución impugnada para el efecto de que el Consejo General del INE realizará una nueva valoración de los hechos que impusiera la sanción que estimará pertinente, por la entrega extemporánea de los informes.

Al tratarse de asuntos similares, la solución jurídica a la controversia planteada debió ser igual. Por eso emití voto particular respecto del caso de Guerrero, pues el tratamiento no es el mismo que se propuso originalmente para Michoacán, con el que estuve de acuerdo.

En ambos casos, concluye Vargas Valdés en su hilo de Twitter, se analizó exclusivamente el derecho a ser votado con base al expediente de la solicitud de registro.

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