La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo por el que se establecen nuevas prórrogas en los trámites de licencias federales en los diversos modos de transporte, afectados por la pandemia de COVID-19

El acuerdo de reforma, firmado por el secretario de Comunicaciones y Transportes, Ing. Civil Jorge Arganis Díaz-Leal, se emite con el fin de dar certeza jurídica respecto a la vigencia y efectos jurídicos que tendrán las licencias federales en autotransporte federal, sector aéreo y ferroviario.

En materia de medicina preventiva se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2021 los efectos jurídicos de las constancias de aptitud psicofísica en cuanto a su vigencia y validez.

Para la aviación civil, se extiende hasta el 30 de septiembre de 2021 la vigencia de los permisos, licencias o certificados de capacidad vigentes de pilotos, sobrecargos y controladores aéreos.
Los permisos otorgados a meteorólogos, técnicos en mantenimiento, oficiales de operaciones y operadores de RPAS permanecerán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2021.

En tanto que las Licencias Federales Ferroviarias que se encuentren vencidas podrán seguir operando y se extiende su validez hasta el 31 de diciembre de 2021, sin perjuicio de que sus titulares pueden iniciar su trámite de revalidación correspondiente.

La vigencia de las Licencias Federales de Conductor categoría “A” para el servicio de autotransporte federal de pasajeros, turismo y para el transporte privado de personas se extiende hasta el 31 de octubre de 2021.

El acuerdo hace referencia a la categoría “E” de carga especializada para la transportación de materiales, residuos, remanentes y desechos peligrosos, y categoría “E” para tractocamiones doblemente articulados que hayan vencido o estén por vencer entre el 20 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2021.  La renovación de estas Licencias se deberá realizar durante los meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2021.

De igual forma, los conductores con Licencia Internacional de Conductor que tengan como objetivo circular dentro de los Estados Unidos de América o Canadá, deberán realizar la renovación de su Licencia Internacional de Conductor a más tardar el 31 de agosto de 2021, a afecto de continuar prestando sus servicios en ambos países, de conformidad con la normatividad aplicable.

Destaca que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021, la vigencia y efectos jurídicos de las Licencias Federales de Conductor “B”, “C”, “D” y “F”, tanto nacionales como internacionales que hayan vencido o que venzan entre el 20 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2021.

La renovación de estas Licencias deberá realizarse durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2021.

El DOF subraya que para la renovación de las licencias de Autotransporte Federal previamente se deberá contar con constancia de aptitud psicofísica, cuya vigencia es de 90 días, contados a partir de su emisión.

Para efectos del Acuerdo, aclara que se entenderá por vigente y válida la constancia de aptitud psicofísica, licencia, permiso, certificado o cualquier otro de naturaleza análoga, cuando su fecha de vencimiento haya ocurrido a partir del 19 de marzo de 2020.

El acuerdo entra en vigor a partir de este lunes 28 de junio de 2021.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo por el que se establecen nuevas prórrogas en los trámites de licencias federales en los diversos modos de transporte, afectados por la pandemia de COVID-19.

El acuerdo de reforma, firmado por el secretario de Comunicaciones y Transportes, Ing. Civil Jorge Arganis Díaz-Leal, se emite con el fin de dar certeza jurídica respecto a la vigencia y efectos jurídicos que tendrán las licencias federales en autotransporte federal, sector aéreo y ferroviario.

En materia de medicina preventiva se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2021 los efectos jurídicos de las constancias de aptitud psicofísica en cuanto a su vigencia y validez.

Para la aviación civil, se extiende hasta el 30 de septiembre de 2021 la vigencia de los permisos, licencias o certificados de capacidad vigentes de pilotos, sobrecargos y controladores aéreos.
Los permisos otorgados a meteorólogos, técnicos en mantenimiento, oficiales de operaciones y operadores de RPAS permanecerán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2021.

En tanto que las Licencias Federales Ferroviarias que se encuentren vencidas podrán seguir operando y se extiende su validez hasta el 31 de diciembre de 2021, sin perjuicio de que sus titulares pueden iniciar su trámite de revalidación correspondiente.

La vigencia de las Licencias Federales de Conductor categoría “A” para el servicio de autotransporte federal de pasajeros, turismo y para el transporte privado de personas se extiende hasta el 31 de octubre de 2021.

El acuerdo hace referencia a la categoría “E” de carga especializada para la transportación de materiales, residuos, remanentes y desechos peligrosos, y categoría “E” para tractocamiones doblemente articulados que hayan vencido o estén por vencer entre el 20 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2021.  La renovación de estas Licencias se deberá realizar durante los meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2021.

De igual forma, los conductores con Licencia Internacional de Conductor que tengan como objetivo circular dentro de los Estados Unidos de América o Canadá, deberán realizar la renovación de su Licencia Internacional de Conductor a más tardar el 31 de agosto de 2021, a afecto de continuar prestando sus servicios en ambos países, de conformidad con la normatividad aplicable.

Destaca que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021, la vigencia y efectos jurídicos de las Licencias Federales de Conductor “B”, “C”, “D” y “F”, tanto nacionales como internacionales que hayan vencido o que venzan entre el 20 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2021.

La renovación de estas Licencias deberá realizarse durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2021.

El DOF subraya que para la renovación de las licencias de Autotransporte Federal previamente se deberá contar con constancia de aptitud psicofísica, cuya vigencia es de 90 días, contados a partir de su emisión.

Para efectos del Acuerdo, aclara que se entenderá por vigente y válida la constancia de aptitud psicofísica, licencia, permiso, certificado o cualquier otro de naturaleza análoga, cuando su fecha de vencimiento haya ocurrido a partir del 19 de marzo de 2020.

El acuerdo entra en vigor a partir de este lunes 28 de junio de 2021.

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