Medios públicos no deben ser controlados por Secretaría de Gobernación

Una lamentable historia comenzó a escribirse en la Cámara de Diputados la semana pasada. Cuando la mayoría de legisladores de Morena aprobó la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) que organiza y distribuye las funciones entre las diferentes áreas del Poder Ejecutivo. Unos “duendes legislativos” –esos fantasmas que cambian los dictámenes sin deliberación alguna—, le hicieron un agregado al artículo 27 que prácticamente anula la posibilidad de tener medios públicos autónomos para hacerlos depender de la futura Secretaría de Gobernación.

La mayoría de las diputadas y los diputados que defendieron la LOAPF no se dieron cuenta de esta chicana legislativa. “Es orden de arriba”, les dijeron a algunos. Y ese “arriba” sólo tenía dos nombres claros: el coordinador de la mayoría, Mario Delgado, y el futuro subsecretario de Gobernación, Zoé Robledo, futuro funcionario que como senador defendió la libertad de expresión y se negó a cualquier forma de control… en los medios concesionados.

La polémica más agria se generó entre especialistas y defensores de los medios públicos cuando se conoció que la fracción VIII del artículo 27 de la minuta propone que la Secretaría de Gobernación sea la responsable de “proveer el servicio de radiodifusión pública digital a nivel nacional”, en franca contradicción con la promesa de crear un sistema de medios públicos, ajenos al control gubernamental.

La frase es tremenda: “proveer el servicio” significa desde la creación de contenidos hasta la distribución de los mismos. “Servicio de radiodifusión pública digital a nivel nacional” incorpora a toda la radiodifusión que depende de recursos públicos federales (estaciones de radio y de televisión, abierta y de paga).

En la discusión del 20 de noviembre en las comisiones unidas del Senado, se propuso que en lugar de la frase “proveer el servicio” se incluya el concepto “armonizar el servicio”, pero en ambos casos se mantiene la idea de que los medios públicos queden en manos de la Secretaría de Gobernación.

También le dejan a la Secretaría de Gobernación la función de “autorizar, supervisar y evaluar los programas de comunicación social y publicidad de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, a pesar de que se prometió una entidad autónoma responsable de distribuir y vigilar los recursos de comunicación social.

En la fracción I del artículo 8 de la misma LOAPF se le otorgó atribuciones a la Oficina de la Presidencia para “definir las políticas de informática, tecnologías de la información y la comunicación, gobierno digital federal, en términos de las disposiciones aplicables”, lo que supone una presunta invasión a las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones, según destacó la especialista Irene Levy, presidenta de Observatel.

El problema sustancial en el artículo 27 aprobado es que viola abiertamente la Constitución. En la fracción V del artículo 6 constitucional se señala explícitamente lo siguiente:

“La ley establecerá un organismo público descentralizado con autonomía técnica, operativa, de decisión y de gestión, que tendrá como objeto proveer el servicio de radiodifusión sin fines de lucro (prácticamente la misma frase que el “duende legislativo” le agregó al artículo 27 de la LOAFP), a efecto de asegurar el acceso al mayor número de personas en cada una de las entidades de la Federación, a contenidos que promuevan la integración nacional, la formación educativa, cultural y cívica, la igualdad entre mujeres y hombres, la difusión de información imparcial, objetiva, oportuna y veraz del acontecer nacional e internacional, y dar espacio a las obras de producción independiente, así como a la expresión de la diversidad y la pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad”.

Este mandato constitucional dio origen a la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano. Con sus carencias y limitaciones, este sistema se echó a andar con el objetivo claro de ser el proveedor de contenidos y lineamientos para la enorme diversidad de medios que antes fueron gubernamentales y pretenden volverse medios públicos: Canal Once (el más antiguo y emblemático), Canal 22, el IMER, Radio Educación, Canal del Congreso y el Canal Judicial, entre los principales a nivel federal.

En lugar de ir hacia la autonomía real y cumplir con el mandato constitucional, lo aprobado en la LOAFP es un retroceso peligroso y preocupante. En nada ayuda al futuro gobierno de Andrés Manuel López Obrador que existan funcionarios que piensen que es “normal” que al no existir medios públicos plenos, mejor que se queden bajo el control de la Secretaría de Gobernación. No votamos para que nos controlen los medios.

El golpe legislativo va directamente en contra de lo aprobado en el artículo 16 de la nueva Constitución de la Ciudad de México, propuesto por los propios diputados constituyentes de Morena. Según este artículo:

“Los poderes públicos crearán un Sistema Público de Radiodifusión de la Ciudad de México que será garante y promotor del conjunto de derechos que gozan sus habitantes, así como el ejercicio de ciudadanía y participación social. Tendrá por objeto garantizar el derecho a la información y a la comunicación, el carácter público del servicio, la independencia editorial, los mecanismos de accesibilidad, la promoción de la cultura, la libertad de expresión, la difusión de información objetiva, plural y oportuna, la formación educativa, el respeto a la igualdad entre las personas, así como informar sobre construcción y funcionamiento de obras públicas estratégicas y servicios públicos”.

El mismo artículo prevé que el nuevo Sistema Público de Radiodifusión será “descentralizado, no sectorizado en los términos que la ley establezca y observando los principios rectores que esta Constitución define. Contará con un Consejo de Administración de 7 integrantes con mayoría ciudadana como órgano de gobierno, un Consejo Consultivo Ciudadano de Programación de 11 integrantes, y una persona titular de la Dirección General, designada por el Consejo de Administración y electa a partir de una terna propuesta por el Congreso de la Ciudad de México”.

La reforma a la LOAPF contradice la autonomía de los medios públicos, defendida por Morena en el Constituyente de la Ciudad de México, en sus documentos básicos y lo establecido por la propia UNESCO que define “los medios hechos, financiados y controlados por el público, para el público. No son comerciales ni de propiedad gubernamental, son libres de la interferencia política y la presión de las fuerzas comerciales”.

En el Senado de la República ya inició entre diversos legisladores de Morena una fuerte resistencia para modificar lo aprobado en la Cámara de Diputados. Es la mejor oportunidad de enmendar uno de los errores más graves de diseño y de concepción frente a la comunicación social. Las “benditas redes sociales” no pueden contrastarse con la maldición del control de los medios públicos. Eso no es la cuarta transformación.

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