Tras la reunión que tuvieron esta tarde los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para discutir la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, se resolvió por unanimidad que el Congreso de la Unión deberá decidir, durante el siguiente periodo ordinario, los parámetros para establecer el salario del titular del Ejecutivo para que este no sea aumentado o disminuido arbitrariamente.

Así, los ministros resolvieron lo anterior luego de analizar las acciones de inconstitucionalidad promovidas por Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y un grupo de senadores, y determinaron invalidar fracciones de los artículos 6 y 7 de la Ley, los cuales establecen el monto de las remuneraciones.

Sin embargo, el proyecto de resolución para ser votado por los ministros, presentado por Pérez Dayán, para declarar la invalidez total de la Ley debido a una serie de supuestas violaciones al proceso legislativo fue desechado luego de no alcanzar la mayoría calificada de ocho votos.

Entre quienes votaron en contra de esta propuesta estuvo la ministra Norma Piña, quien resaltó que la Ley de Remuneraciones actual es “una norma que fue reformada en un 90%”, por lo que era necesario “esperar la discusión de las nuevas acciones de inconstitucionalidad contra la ley reformada”.

Su postura fue respaldad por el ministro presidente, Arturo Zaldívar, quien mencionó que efectivamente se trata de una Ley que fue reformada casi en su totalidad, por lo que sólo permanecen “retazos” de su versión original y no puede declararse su invalidez a menos que se analice de fondo, bajo los criterios de su nueva configuración.

“Es muy importante que le demos al Congreso el tiempo necesario para legislar porque es una batalla muy delicada y además es mucho lo que está en juego. El malestar que existe en al aparato burocrático del Estado es porque no se dan las normas y las pautas exactas (para establecer el salario del Presidente). Por eso generaría una gran tranquilidad en el sector burocrático de este país que el Congreso lo haga correctamente”, agregó por su parte el ministro González Alcántara.

Por lo tanto, la SCJN dio un plazo de 90 días al Congreso de la Unión, dentro del siguiente periodo ordinario de sesiones, para legislar este tema.

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