Preocupa al CEPAD violación de DDHH por medidas de contingencia en Jalisco

A través de un comunicado, el Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo A.C. (CEPAD), crítico las medidas de aislamiento social que el pasado 19 de abril implementó el gobernador de Jalisco, Enrique Alfaro, para prevenir la propagación del Covid-19, pues consideran que algunas de ellas, así como las sanciones por no cumplirlas, viola los Derechos Humanos de los habitantes en la entidad.

Dichas medidas consisten en el uso obligatorio de cubrebocas en la vía pública, sitios de consumo y transporte público; el resguardo domiciliario obligatorio; la suspensión de actividades no esenciales; la prohibición de eventos o congregaciones de más de 50 personas; la suspensión de fiestas patronales, festividades cívicas o comunitarias y la prohibición del uso de espacios públicos como parques, jardines, plazas y unidades deportivas.

En este acuerdo también se establece que aquellas personas que no cumplan con las medidas establecidas se les impondrán sanciones de carácter administrativo tales como: amonestación con apercibimiento, multas, clausuras parciales y totales a empresas y establecimientos, y arresto hasta por 36 horas. Asimismo, se menciona que las sanciones se basan en lo establecido en el artículo 417 y 427 de la Ley General de Salud y los artículos 345 y 356 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, y que serán las autoridades municipales las encargadas de verificar el cumplimiento de las medidas, señala la Asociación Civil.

Al respecto, el comunicado indica que el CEPAD, comprende la pertinencia de dichas medidas para evitar el contagio del Covid-19, sin embargo, señalan: “ no debemos olvidar que, tal como señala la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en la Resolución No. 01/20, las actuaciones llevadas a cabo por las autoridades encaminadas a la atención y contención del virus deben basarse en la protección de la dignidad humana y los derechos humanos que se derivan de la misma, y deberán tener en consideración el impacto diferenciado de la aplicación de estas en los derechos de los grupos que históricamente han sido discriminados o que se encuentran en especial vulnerabilidad”.

Y añaden: “Además, se debe considerar la situación de vulnerabilidad y necesidades de los diferentes grupos de población, incluyendo a las personas en condiciones de desigualdad y pobreza, situación de calle, comunidades indígenas y personas migrantes”.

Según el CEPAD, Jalisco, vive una situación de pobreza extrema, inseguridad alimentaria y la falta de vivienda, así como altas tasas en trabajo informal e ingresos precarios que afectan a un número importante de personas en la entidad, lo que dificulta e impiden que miles de personas puedan cumplir con las medidas impuestas en el acuerdo publicado desde el gobierno estatal, por lo que “advertimos que no está desarrollado acorde a las condiciones sociales de los grupos en situación de vulnerabilidad en la entidad”.

“En este sentido, nos preocupa que la implementación del acuerdo derive en la comisión de violaciones de derechos humanos debido a la ausencia de criterios y reglas de sanción y actuación en el desarrollo de las medidas establecidas,  tales que se podrían manifestar en abuso de autoridad, detenciones arbitrarias, extorsión, el uso excesivo de la fuerza, actos de discriminación y la comisión de tortura o desaparición forzada”, asegura la asociación.

Hasta el momento en el que es publicado este comunicado, suman al menos 72 personas arrestadas por supuestamente agredir a elementos de seguridad pública tras el exhorto a utilizar tapabocas, cifra que es alarmante en relación con los cuatro días en los cuales se han venido implementado dichas medidas. Así mismo el 21 de abril Alfaro Ramírez en sus redes sociales informó que a seis personas no se les permitió entrar a la entidad, ya que “presentaban síntomas que pudieran ser posibles portadores del virus”.

El CEPAD advierte que “esto constituye actos discriminatorios y violatorios del derecho al libre tránsito, el cual se encuentra contemplado en el artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debido a que sólo puede ser limitado por el Ejecutivo Federal de los Estados Unidos Mexicanos. Además, es importante señalar que este tipo de medidas no se establecieron en el acuerdo promulgado, por lo que carecen de sustento legal”.

Este último punto cobra aún más relevancia ya que diversos organismos internacionales han manifestado la importancia de que la implementación de todas las medidas de emergencia sean legales, proporcionadas, necesarias, no discriminatorias y que las fuerzas de seguridad deben estar sometidas a los mecanismos de control y rendición de cuentas. Tomando en consideración el contexto y los antecedentes de las graves violaciones a los derechos humanos, ‘la crisis puede crear un pretexto para adoptar medidas represivas con objetivos, sin relación con la pandemia’, por lo que dichas medidas deben tener un ámbito y una duración específicos y adoptar el enfoque menos intrusivo posible para proteger la salud pública .

Por tales motivos, el CEPAD sugirió al gobierno estatal adoptar medidas que debieran incluir:

  • El listado de las medidas de seguridad sanitaria y las sanciones previstas en caso de su incumplimiento, conforme a la Ley General y Estatal en Materia de Salud.
  • Alcances y criterios para la imposición de cada una de las sanciones.
  • Lineamientos de actuación y mecanismos de coordinación de las autoridades estatales y municipales, detallados y concretos.
  • Una distribución clara de funciones entre las autoridades encargadas de la implementación del protocolo.
  • Un mecanismo de rendición de cuentas y supervisión sobre la implementación de las medidas señaladas en el acuerdo, mismo que se difunda de manera pública.
  • Creación de un registro público referente a las medidas de arresto interpuestas.
  • Medidas de protección para las autoridades correspondientes a fin de prevenir contagios del virus.
  • La capacitación de las autoridades sanitarias correspondientes de acuerdo a la norma, con base en los alcances y la aplicación de las medidas señaladas, así como algunas otras sugerencias a ser implementadas.

En tanto, el CEPAD hizo recomendaciones también a las Universidades de Jalisco, a la sociedad civil y a otras instancias. Para revisarlas y ver el comunicado completo, puedes ingresar al siguiente enlace:

https://cepad.org.mx/2020/04/el-acuerdo-para-combatir-el-covid-19-publicado-por-el-gobierno-de-jalisco-necesita-un-enfoque-diferenciado-que-garantice-los-ddhh-en-su-implementacion/

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