La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró inconstitucional el procedimiento establecido por el Congreso de Nuevo León para sancionar al gobernador Jaime Rodríguez Calderón, por el uso de recursos del erario para obtener su frustrada candidatura presidencial en 2018. Sin embargo, su caso podría ir a nivel federal.
Por tres votos contra dos, se aprobó el proyecto que presentó el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, que se basa en el argumento de que el proceso para sancionar a un gobernador en funciones está definido en la Constitución federal, y que el congreso local no puede inventar su propio sistema.
Así se explica en el proyecto aprobado: “El Congreso local creó un procedimiento especial para sancionar al titular del Poder Ejecutivo local, en lugar de apegarse al sistema de responsabilidad contemplado a nivel Constitucional y también previsto en la legislación local para aplicar dichas normas en el proceso que se analiza”.
La decisión de la SCJN no significa que Rodríguez Calderón, “El Bronco”, quede sin sanción alguna, sino que el proceso para castigarlo debe ajustarse a los artículos 109 y 110 de la Constitución federal, donde se señala que son las cámaras de diputados y senadores donde debe iniciarse, primero, un juicio político para destituir al gobernador, quien ya sin fuero sería llevado ante la autoridad judicial.
Además, los ministros determinaron que el caso es considerado como federal, debido a que Rodríguez Calderón incurrió en irregularidades cuando aspiraba a una candidatura federal, pero descartó que sean aplicables responsabilidades administrativas o penales, sino que el caso es de naturaleza política.
La SCJN reconoció la resolución que hizo el TEPJF en la cual se ordenó la sanción, por lo que esta continúa vigente, siendo tarea de los diputados sólo determinar si dentro del marco normativo aplicable, existe responsabilidad.