El embajador de Estados Unidos en México, Christopher Landau informó que a partir del 26 de enero el Departamento de Salud requerirá que los pasajeros que lleguen por vía aérea presenten prueba viral (NAAT/PCR o prueba de antígenos) para determinar si tienen COVID-19, esto tres días previos a la fecha de sus vuelos.
1/2 A partir del 26 de enero, el Dpto de Salud de ?? requerirá que los pasajeros que lleguen a nuestro país por vía aérea se hagan una prueba viral (NAAT/PCR o prueba de antígenos) para determinar si tienen una infección por COVID-19 en curso 3 dias antes que su vuelo salga a ??.
— Embajador Ken Salazar (@USAmbMex) January 13, 2021
“El 12 de enero de 2021, los CDC emitieron un comunicado que requiere que todos los pasajeros aéreos que lleguen a los EE. UU. Desde un país extranjero se hagan la prueba no más de 3 días antes de la salida de su vuelo y que proporcionen pruebas del resultado negativo o documentación de haberse recuperado de COVID-19 a la aerolínea antes de abordar el vuelo. La presente Orden entrará en vigor el 26 de enero de 2021” se puede leer en la página que compartió el embajador.
Así mismo informaron que esta orden es aplicable a todos los pasajeros incluidos los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes legales.
Los viajeros extranjeros que tienen prohibido el paso a Estados Unidos son los que hayan estado en estos países durante los últimos 14 días previos a su solicitud de entrada: China Alemania, Austria, Bélgica, Ciudad del Vaticano, Dinamarca, Estonia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, San Marino, Suecia, Suiza, Reino Unido, Inglaterra, Escocia, Gales, Irlanda del Norte República de Irlanda y Brasil.
Las aerolíneas deben confirmar el resultado negativo de la prueba o la documentación de recuperación de todos los pasajeros antes de abordar. Si una persona decide no proporcionar un resultado de prueba o documentación de recuperación, la aerolínea debe denegar el embarque.