Fija IECM topes de gastos de campaña para candidaturas en comicios locales

El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó el Acuerdo, por el que se determinan los Topes de Gastos de Campaña para las Diputaciones del Congreso de la Ciudad de México y las Alcaldías, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

Por unanimidad los magistrados avalaron el acuerdo que precisa que los topes de gastos de campaña son variables, en virtud de que se determinaron con base en los montos de financiamiento público y privado que se utilizarán para la promoción del voto y en el número de personas ciudadanas inscritos en el Padrón Electoral, así como en el factor costo por elector en cada distrito y demarcación.

En este sentido, para la elección de Diputaciones locales, los topes de gastos oscilan entre 1.2 millones y 1.7 millones de pesos en cada distrito electoral, mientras que en la elección de las Alcaldías, los topes van de los 697 mil 9 pesos a los 9 millones 419 mil 468 pesos, dependiendo de cada demarcación.

La Consejera Electoral Erika Estrada Ruiz aseveró que establecer los topes de gastos de campaña contribuye a reducir el costo de las elecciones, y evitar excesos en el gasto de las personas candidatas en el contexto de la actual emergencia sanitaria.

Los distintos montos de topes determinados para cada elección pueden ser consultados en la página https://www.iecm.mx/www/Elecciones2021/site/

Durante la sesión pública, el Consejo General también aprobó los manuales y formatos para el registro y sustitución de candidaturas de partidos políticos, así como para el registro de candidaturas sin partido, para las elecciones de Diputación Migrante y Diputaciones por ambos principios al Congreso de la Ciudad de México, Alcaldías y Concejalías, según corresponda, para el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

Cabe aclarar que dichos manuales estarán disponibles en la página electrónica del IECM y serán remitidas a las representaciones de los partidos políticos, y en su oportunidad de forma expedita a las personas aspirantes a candidaturas sin partidos que hayan obtenido el dictamen favorable correspondiente.

Asimismo, las personas candidatas y los partidos políticos deberán presentar al IECM de manera electrónica la documentación para iniciar con los trámites de registro, el cual se llevará a cabo mediante un sistema que permitirá la captura de datos en línea.

En tanto, la Consejera Electoral Carolina del Ángel Cruz propuso hacer tres adiciones a los documentos: una para quitar el procedimiento de verificación de la identidad de género de las personas candidatas; otra para proporcionarles más datos y la posibilidad de que haya intercambio de relación acerca de la violencia política en razón de género y una más para revisar a detalle el uso del lenguaje incluyente en los manuales y formatos aprobados.

Por otro lado, acató a lo ordenado por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México, (el 11 de febrero de 2021), en el juicio electoral TECDMX-JEL-416/2020 y acumulados, el Consejo aprobó un Acuerdo, por el que se modifican los artículos 15, párrafo tercero, incisos e), f), g) y h) y 16, incisos d), e) y f) de los Lineamientos para la postulación de Diputaciones, Alcaldías y Concejalías en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

Al respecto, la Consejera Electoral Sonia Pérez Pérez señaló que con dichas modificaciones queda aún más claro que con los Lineamientos emitidos por el IECM se robustece el acuerdo que solicita el 50 por ciento para el registro de candidaturas de mujeres, con lo cual se tendrá una mayor participación de las mujeres en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

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