Trabajadores mineros obtuvieron el laudo a favor para recibir el pago completo y complemento de las diferencias: JFCA

La Junta Federal de Conciliación y arbitraje, difundió una nota aclaratoria relativas a las declaraciones emitidas por el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana.

“Lamentamos las expresiones emitidas por el Sindicato en torno a que, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), haya actuado de manera parcial sobre los asuntos de la Mina de Cananea.

Esta Junta Federal es un órgano que actúa con autonomía y apego la legalidad”.

El conflicto inició a partir de la privatización de la mina cuando se entregaron 55 millones de dólares, corresponden al valor del 5% de las acciones de la empresa. El tema de fondo del conflicto, ha consistido en determinar quién es el propietario de los recursos: El sindicato,  o los trabajadores.

El Sindicato sostiene ser propietario de los recursos, mientras los trabajadores han reclamado que les corresponde la entrega de los mismos. Un grupo de trabajadores mineros fue a juicio por no haber recibido cantidad alguna, en tanto otra representación lo hizo por haber recibido solo una parte.

Después de 15 años de litigio, los tribunales de amparo han sostenido que los recursos son propiedad de los trabajadores.

En el laudo recién emitido, la JFCA da cumplimiento a los lineamientos establecidos por los tribunales de amparo, a los que está obligada a sujetarse. De no hacerlo así, incurriría en responsabilidad penal y administrativa. Cabe destacar que de los 2,998 trabajadores demandantes, 708 obtuvieron laudo a su favor para recibir el pago completo y, 389 el complemento solicitado, que corresponde al pago de las diferencias

Con respecto a los 1,901 trabajadores restantes, el sindicato fue absuelto debido a que los demandantes no acreditaron relación laboral, no ofrecieron pruebas en su defensa, o bien, sus demandas habían prescrito.

Respecto a la responsabilidad solidaria del dirigente sindical, este punto también fue definido por el Tribunal de amparo, en la ejecutoria 910/2018.

“Invitamos al Sindicato a conducirse en un plano de verdad y con apego a la legalidad”.

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