Hace unas horas, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma con la cual se permite regresar alrededor de 33 mil millones de pesos del Fondo de Salud del Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI), a la Tesorería de la Federación (TESOFE) a fin de que sean invertidos de otra manera.
Con 242 votos a favor, 7 en contra y 5 abstenciones, se avaló las reformas a la Ley General de Salud, con la cual se prevé disponer del fondo que era destinado para la Protección de Gastos Catastróficos, y así reasignarlos a otras cuestiones que también tienen que ver con Salud, como por ejemplo a la compra de vacunas contra el Covid-19.
Aunque hubo una gran polémica en la sesión debido a que la oposición acusó a la Secretaría de la Mesa Directiva de orquestar “fraude en la votación”; la reforma impulsada por el morenista Arturo Pérez Negrón, pasó en lo general y ya se está discutiendo en lo particular en el recinto de San Lázaro.
Cabe resaltar que la presidenta de la Mesa Directiva, Dulce Sauri Riancho ante el planteamiento de la diputada priísta Claudia Pastor por acusación de fraude, decidió ordenar el receso de la sesión hasta que se reestableciera el orden, para dar pie a la votación de las reservas.
En tanto la bancada de Morena y sus aliados coreaban “Sí se pudo, sí se pudo”, la aprobación de la reforma con proyecto de decreto. En este sentido, para la discusión en lo particular, se recibieron propuestas de modificación a los artículos 77 Bis 17 y 77 Bis 29 de la Ley General de Salud, así como el Segundo Transitorio y la adición de un artículo transitorio. El único artículo no reservado es el primero transitorio del dictamen.
El dictamen precisa que cuando el Fondo de Salud para el Bienestar acumule recursos en un monto superior a dos veces la suma aprobada en el Presupuesto de Egresos como aportaciones al fideicomiso del Fondo, el remanente podrá destinarse a fortalecer acciones en materia de salud a través del reintegro de recursos correspondiente a la Tesorería de la Federación o mediante el Fondo de Salud para el Bienestar.
Asimismo, los recursos acumulados que se mantengan en el Fondo seguirán garantizando la atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos, necesidades de infraestructura, abasto y distribución de medicamentos y otros insumos y el acceso a exámenes clínicos, conforme lo establece el artículo 77 bis 29 de esta Ley.
Además, el artículo Segundo Transitorio precisa que el INSABI instruirá a la institución fiduciaria del Fondo de Salud para el Bienestar para que, a más tardar el 1 de abril de 2021, concentre en la Tesorería de la Federación la cantidad de hasta 33 mil millones de pesos del patrimonio de ese Fideicomiso, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.