La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló la inconstitucionalidad de la reforma al delito de feminicidio planteado por el fiscal general de la república, Alejandro Gertz Manero.
De acuerdo con el ministro presidente, Arturo Zaldívar, el homicidio agravado de mujer propuesto por Manero “es inconstitucional porque viola el principio de igualdad”, ya que “el feminicidio no se castiga diferente porque se trate de una mujer, se castiga diferente porque es un crimen de odio, es un crimen de odio por motivos de género, por ello el tipo penal de feminicidio tiene sentido, se puede mejorar, se puede perfeccionar pero no puede desaparecer”.
Durante el Laboratorio sobre Mecanismos de Protección de los Derechos de las Mujeres en las Américas, Zaldívar recordó que el Poder Judicial ha impulsado en México sentencias que establecen avances en cuanto a la defensa de la mujer y la igualdad de derechos.
“Entendemos que en este momento nada de esto es suficiente, estamos viviendo una realidad crítica, no solo en México sino en muchos países del mundo. Hay una realidad, que hay que decirlo de manera clara, no es reciente, se ha venido gestando desde hace muchos años merced a la cual la discriminación a la mujer se está haciendo más aguda y la violencia sexual y la violencia física contra la integridad de las mujeres también. Están matando a las niñas y a las mujeres en muchos lados del mundo y esto no podemos seguir permitiéndolo”, sostuvo.
Consideró que la única solución a largo plazo del problema tiene que darse desde la educación. “Tenemos que cambiar la forma en que educamos a nuestras niñas y a nuestros niños, esta educación machista en la cual a veces de manera subrepticia le hacemos creer a los niños que son superiores y a las niñas inferiores, eso tiene que acabar porque esos micro machismo que se van reproduciendo a lo largo de la vida, termina en violencia sexual y en feminicidios”, comentó.
Asimismo, resaltó la necesidad de juzgar con perspectiva de género “el reconocimiento de la doble jornada, el derecho de las parejas a elegir libremente el orden de los apellidos de las hijas y los hijos, rompiendo este patriarcado merced al cual se pensaba que solamente el padre puede anteponer su apellido al de la madre”.